El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) decidió revocar el amparo provisional que permitía a los candidatos a diputados y alcaldes de 11 distritos pertenecientes al partido Prosperidad Ciudadana participar en las elecciones del 25 de junio
La decisión se confirmó después de que se conocieran los recursos de apelación presentados por el Director General del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, quien argumentaba que la resolución a favor de Prosperidad Ciudadana entraba en contradicción con los argumentos presentados por la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo, la que dejó fuera de la contienda al partido y a su presidenciable.
El viernes 9 de junio, la Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo concedió un amparo provisional a la secretaría de Prosperidad Ciudadana, Lilian García, permitiendo a candidatos a diputados y alcaldes de 11 distritos participar en las elecciones del 25 de junio.