Dos trabajadoras del Tribunal Supremo Electoral (TSE) señaladas dentro del caso conocido como “Corrupción Semilla”, que investiga la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), recibieron sentencias condenatorias por la vía del procedimiento especial de aceptación de cargos.
De acuerdo con el Departamento de Información y Prensa del Ministerio Público (MP), se logró con base en los medios de investigación presentados, que el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal impusiera la pena de un año y medio de prisión contra estas personas.
Se trata de Luz Elena De León y Katherine Quezada, quienes laboran en la Dirección Administrativa del ente electoral, a quienes se les atribuyó el delito de incumplimiento de deberes.
“Las personas condenadas aceptaron su responsabilidad en la comisión del delito de incumplimiento de deberes. Esta es la tercera sentencia condenatoria en el caso”, informó la referida oficina.
Por este mismo caso también fueron ligadas a proceso penal Jenifer Escobar y Alma Posadas, quienes forman parte del Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrón del TSE, a quienes se les atribuye el mismo cargo. El juzgado programó audiencia de etapa intermedia para el mes de agosto de 2024.
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Primera sentencia condenatoria por caso Semilla
El Ministerio Público (MP) dio a conocer en diciembre pasado que un juzgado emitió la primera sentencia condenatoria por el caso conocido como “Corrupción Semilla”, en el que se investigan supuestas irregularidades en el proceso de integración del partido Movimiento Semilla, que postuló como binomio presidencial a Bernardo Arévalo y Karin Herrera, ganadores en las Elecciones Generales 2023.
La agente fiscal Leonor Morales, integrante de la FECI, indicó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) omitió maliciosamente, en beneficio del comité pro formación del partido político, una serie de ilegalidades, incluidas la revisión de firmas que permitieron constituir esta organización.
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“Además, el Registro de Ciudadanos nuevamente omite depurar las mismas en un plazo de 15 días”, destacó.
Agregó que, en virtud de ello, un trabajador del TSE, del que no reveló el nombre, aceptó su responsabilidad en la comisión de los delitos imputados en audiencia de primera declaración, motivo por el cual existe dentro del presente proceso una sentencia de carácter condenatorio por los delitos de tráfico de influencias e incumplimiento de deberes.