El Panel de Expertos Independientes (PEI-GT) para observar la renovación de cortes emitió un pronunciamiento por medio del cual lamenta que las comisiones de postulación solo admitan como objeciones las sentencias condenatorias debidamente ejecutoriadas. Esto se dio tomando en cuenta que ya se abrió la fase para presentar impedimentos contra los aspirantes a magistrados.
Según recordó el panel, la sociedad civil y la ciudadanía tienen tres días para plantear ante las comisiones las objeciones o tachas sobre la idoneidad de los profesionales que buscan integrar las Altas Cortes de justicia para el período 2024-2029.
Sin embargo, se indicó que solamente se tomarán en cuenta los señalamientos donde ya no existan recursos legales pendientes.
El PEI-GT resaltó que la presentación de objeciones debidamente sustentadas hace parte de un ejercicio de auditoría social amparado en el derecho fundamental de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos, a realizar peticiones a la autoridad y a expresarse libremente sobre los asuntos de su interés, que además constituyen garantías amparadas en la Constitución y en los tratados internacionales de Derechos Humanos.
“La participación ciudadana es un estándar internacionalmente reconocido y además ha sido recomendado al Estado de Guatemala para este preciso proceso, por diversos mecanismos internacionales de protección a los derechos humanos”, manifestó este cuerpo de expertos.
Y agregó que esos derechos no pueden ser restringidos mediante un reglamento, aparte de que la comisión asuma como criterio excluyente de la información el que exista una sentencia firme.
En ese contexto, hizo un llamado enérgico a las referidas comisiones para que adecúen sus funciones a los estándares internacionalmente reconocidos.
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Panel expone principio de presunción de inocencia
El PEI-GT aseguró estar consciente de lo que implica el principio de presunción de inocencia en el proceso de elección de altas cortes, pero indicó que este es un asunto que se podría resolver mediante el examen de los hechos presentados ante las comisiones y con soportes documentales diferentes a una sentencia.
Señaló que en Guatemala se tiene un sistema de justicia con índices de impunidad que rebasan el 95 por ciento y esto debe tomarse en cuenta, pues las sentencias se convierten entonces en excepciones.
Finalmente, haciendo referencia a palabras de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, compartió que “la falta de sentencia penal firme es insuficiente por sí sola como indicador” de honradez y honorabilidad.
* Con información de Karla Marroquín, Emisoras Unidas 89.7