SAT asegura continuidad operativa en Puerto Quetzal
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SAT asegura continuidad operativa en Puerto Quetzal

La SAT publicó los acuerdos que dan paso a que la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ) absorba el trabajo de APM Terminals.

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APM Terminals / FOTO:

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) publicó los acuerdos que dan paso a que la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ) absorba desde este martes 22 de julio el trabajo de APM Terminals.

La entidad detalló que, en el marco del cumplimiento de resolución judicial, ha ejecutado las acciones estratégicas que garantizan la operación ininterrumpida de los procesos aduaneros en Puerto Quetzal.

"Reafirmando su compromiso con la seguridad jurídica, la facilitación del comercio y la estabilidad logística del país", añadió por medio de un comunicado.

También expuso que, a petición de la EPQ, el 21 de julio se autorizó la ampliación del Depósito Aduanero Temporal (DAT) en el área previamente operada por APM Terminals Quetzal, lo que ha permitido asegurar la continuidad de las operaciones sin afectación a los usuarios ni a la cadena de suministro.

La SAT aseguró que se implementaron lineamientos claros y se garantiza la atención operativa eficiente para brindar mayor certeza jurídica. Esto en el ámbito del comercio exterior y la atención a operadores.

También expuso que de parte de la superintendencia se emitieron disposiciones administrativas específicas e instructivos, por lo que se estableció, para efectos aduaneros, la interrupción del cómputo del plazo del DAT, regulado en el artículo 238 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Recauca).

La entidad recaudadora añadió que esta situación no le es imputable a los operadores de comercio como terceros de buena fe.

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El STEG señaló que alcanzó la primera etapa de una “gran lucha” y adelantó que “viene las segunda”, para la cual llamó a los diferentes sectores a unirse.

Cancelación de APM Terminals

En el diario oficial fueron publicadas diferentes resoluciones de la SAT, incluida la número SAT-IAD-O7­-2025, por medio de la cual se establece la cancelación de la entidad APM Terminals Quetzal, Sociedad Anónima, la autorización para realizar operaciones, actividades aduaneras y las demás gestiones y trámites en su calidad de Depósito Aduanero Temporal.

Se indica que esto se debe a que ya se materializó la condición resolutoria, contenida en el artículo 18 de la Resolución SAT-DSI-498-2016 de fecha 2 de agosto de 2016, conforme la sentencia dictada por la Sala Quinta del Tribunal de lo Contencioso administrativo.

"La entidad APM Terminals Quetzal, Sociedad Anónima, al cobrar vigencia la presente resolución (hoy), deberá efectuar dentro de un plazo de quince días, de conformidad con la liquidación que para el efecto elabore la SAT, el pago de los servicios de la delegación aduanera asignada en dicho depósito", se detalló.

En seguimiento a las resoluciones, la EPQ informó que desde las 4:00 de la mañana de este martes se inició a realizar el inventario de APM Terminals, que desde ahora es administrada por EPQ.

* Con información de Estela Noj, Emisoras Unidas 89.7

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