El Juzgado Décimo Penal resolvió este martes, 28 de octubre, ligar a proceso a Angelita Martínez Rodas, trabajadora del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por su presunta implicación en un caso donde se investigan supuestas irregularidades en la inscripción de un comité pro formación de un partido político.
La audiencia de primera declaración contra la sindicalista se llevó a cabo en horas de la mañana, a puerta cerrada, pues contaba con reserva judicial. En ese sentido, fue al finalizar la diligencia que se pudo conocer detalles al respecto.
Se indicó que el Ministerio Público (MP) presentó los indicios para respaldar los señalamientos contra Martínez y, aunque la defensa expuso una serie de argumentos para que se dictara la falta de mérito a su favor, el juez consideró que podía tener vínculos con acciones anómalas.
En ese contexto, el órgano jurisdiccional resolvió dictar auto de procesamiento contra la trabajadora electoral por el delito de abuso de autoridad, por su vinculación con supuestas irregularidades en la proformación de la organización "Alianza por la justicia".
Condenada por caso Semilla
El Juzgado Séptimo Penal resolvió el pasado 8 de octubre dictar sentencia condenatoria contra Angelita Martínez, trabajadora del TSE y sindicalista de la institución, quien enfrentó proceso penal por su implicación en el caso "Corrupción Semilla".
El juez Séptimo Penal, Fredy Orellana, otorgó la palabra a cada una de las partes para exponer sus argumentos. La defensa pidió que se dictara falta de mérito por los cargos que se le atribuían, pero el Ministerio Público (MP) aseguró que existen indicios suficientes para que enfrentara debate.
Tras esta situación, los abogados de Martínez, al momento de debatir lo dicho por el MP, le notificaron al juez que su patrocinada se estaría adhiriendo al procedimiento de aceptación de cargos.
El togado admitió tal solicitud y emitió una sentencia condenatoria por el delito de abuso de autoridad en forma continuada, por lo que se le dictó una pena de dos años de prisión conmutables a razón de Q5 por día e inhabilitación especial durante el mismo período para ejercer cargos públicos.
* Con información de Omar Solís y Ángel Oliva, Emisoras Unidas 89.7



