La Fábrica Argentina de Aviones «Brigadier San Martín» S.A (FAdeA) anunció la decisión de la Contraloría General de Cuentas de Guatemala, de recomendar al Ministerio de la Defensa de Guatemala, de desistir de la adquisición de dos aviones argentina Pampa III.
“Entendemos que esta decisión unilateral de la República de Guatemala, responde a circunstancias propias de la República de Guatemala, que exceden a la República de Argentina, dado que el acuerdo se confeccionó en un marco de legalidad y transparencia absoluta”, indica el comunicado.
Dicha fábrica propiedad del Gobierno argentino, indicó en el comunicado que se realizarán todas las gestiones correspondientes para salvaguardar los objetivos del cuerdo celebrado el 3 de julio pasado.
La Fábrica Argentina de Aviones (FAdeA) anunció la decisión de la Contraloría General de Cuentas de Guatemala, de recomendar al Ministerio de la Defensa de Guatemala, de desistir de la adquisición de dos aviones argentina Pampa III. pic.twitter.com/GNtnWbmh08
— Angel García (@AGarcia_EUD) July 12, 2019
El Pampa III es una aeronave de entrenamiento básico-avanzado y de ataque liviano, que en la Fuerza Aérea Argentina (FAA) utiliza para custodiar las fronteras e interceptar aeronaves que ingresen al territorio nacional.
Guatemala tenía intenciones de adquirir los aviones para detectar y derribar vuelos ilegales vinculados al narcotráfico y otros delitos trasnacionales.
Esta era la primera venta de la FAdeA, la cual fue frustrada por la Contraloría.
https://emisorasunidas.com2019/07/05/presidente-y-ministro-de-defensa-violaron-la-ley-al-comprar-aviones/
La recomendación de la Contraloría
Según el Subcontralor del Gasto Público, César Elías, se determinó que los convenios que el ministerio invoca para iniciar el procedimiento de adquisición de las dos aeronaves, son improcedente.
Elías señala que la recomendación ya se notificó y no va acompañada de alguna denuncia penal, puesto que se determinó que no se ha erogado ningún recurso económico del presupuesto del Estado.
Añadió que el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría no establece un plazo para acatar esta recomendación, pero resaltó que las recomendaciones del subcontralor del Gasto público, son de cumplimiento obligatorio y en caso de no cumplirla, se procederá de inmediato con la acción penal que corresponde.
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Escuche el reporte de Henry Montenegro ▼
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