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Fotografía de Superintendencia de Bancos tomada del Facebook

Entérese de cómo se protege a los usuarios de bancos si estos quebraran

Autoridades de la Superintendencia de Bancos aseguran que trabajan por encontrar salidas de protección que beneficien a los usuarios.

En Guatemala no existe una ley que proteja al consumidor financiero, a quien utiliza los bancos para proteger sus bienes; sin embargo, autoridades de la Superintendencia de Bancos aseguran que trabajan por encontrar salidas de protección que beneficien a los usuarios.

¿Cuál es la visión que se tiene de ese espectro en la actualidad? Erick Vargas, Superintendente de Bancos; Saulo de León, Intendente de Verificación Especial, y Hugo Oroxóm, Intendente de Coordinación General, lo explican en el programa A Primera Hora.

Erick Vargas

  • En que basa su supervisión la SIB

El trabajo de la SIB se ha dedicado a la supervisión, basada en riesgos con base en las mejores prácticas y estándares internacionales. Ahora es una SIB más fortalecida; antes no existía la IVE.

Por algunas decisiones que se han tomado, la SIB es la de mayor fortaleza a nivel centroamericano.

Una de las mayores presiones que debe pasar la SIB es el mandato constitucional de mantener la supervisión financiera de forma estable.

El sistema de la banca central se compone por la Junta Monetaria (JM), que es en ente regulador; luego la SIB, que supervisor, y finalmente la banca central. La SIB debe mantener la supervisión basada en riesgos.

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  • Ley para intervenir bancos, si quebraran

Si un banco pequeño en sus activos tuviera problemas, y tuviera que disolverse, la Ley de Bancos y Grupos Financieros permite que otra institución pueda hacerse cargo de comprar activos y pasivos de esa institución y se mantiene la estabilidad. Los depositantes no pierden su dinero.

Le daría mecanismo a la SIB para  resolver una situación en un banco sistémico, un banco grande, de grandes  activos. Aquí entra la participación de Banco de Guatemala. Eso está en otros países, pero falta en Guatemala.

  • ¿Se castiga al responsable de la quiebra de un banco?

En el proceso de exclusión de pasivos y activos, el banco tiene activos que pueden ser recuperables para afrontar los pasivos. Se dan los bancos buenos y malos. En el caso de los buenos, se busca otra institución para resolver la situación.

La parte mala, se va a un proceso de quiebra donde los administradores que provocaron la situación tienen un proceso penal abierto.

La nueva ley permite que el banco central intervenga temporalmente a rescatar las acciones, separe a los responsables y se encargue de garantizar los bienes de los clientes.

  • Riesgo crediticio

Con la iniciativa 5157 queremos abrir el historial de riesgo crediticio. Cuando una persona ha quedado mal con crédito, los bancos reportan a la SIB, nosotros manejamos un historial crediticio. Las bondades de la iniciativa es abrir esa información crediticia para las cooperativas.

Se ha dado un problema en el estado, el endeudamiento del empleado público, lo que se pretende es enfocarse en ese problema para solventarlo.

  • ¿Quién protege al consumidor financiero?

A falta de una ley que proteja al consumidor financiera, en la SIB tenemos una oficina en la que una persona que ha tenido algún problema con una entidad financiera para presentar su denuncia. Se busca un arreglo entre las partes.

Hay que aclara que esa no es una obligación de la SIB. Lo hacemos a falta de una ley de protección al consumidor financiero.

Saulo de León

  • A la fecha se han identificado 3 mil 60 transacciones sospechosas, ¿cómo se analiza esto?

Es normal. Hay que entender que la IVE, unidad de inteligencia financiera. En todos los países hay una, cuya cfunción principal es recibir del sistema de personas obligadas las transacciones sospechosas.

Bancos, aseguradoras, financieras, cooperativas de ahorro y crédito, distribuidoras de vehículos, joyerías, entre otras, son parte de las personas obligadas.

Hay dos formas para que una persona individual o jurídica entre como persona obligada. Hay que ver si los entes internacionales Si los vulnerable para el lavado de dinero GAFI

La segunda forma, cada país identifica otras actividades que puedan ser vulnerable de riesgo de lavado de dinero. En el año de 2013 fue la última vez que se verificó la lista de personas obligadas.

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  • El tráfico de especies podría ser lavado

Cada país define cuales son los delitos precedentes. Guatemala lo que decidió es que todos los delitos penales son precedentes de lavado de dinero. Si una persona se dedica al trasiego de especies protegidas y obtiene dinero, lucra, ese dinero es catalogado es ilícito, y para disfrazar ese dinero lo convierte en lavado.

  • Se dice que la IVE no investiga casos de lavado

La IVE colabora con el MP en sus fiscalías. Nosotros nos centramos en la colaboración con la Fiscalía de Lavado de Dinero. Por mandato legal tenemos una estrecha relación con el MP.

Las investigaciones del MP que tienen carácter financiero o de corrupción, siempre han llevado un componente fuerte de colaboración de la IVE.

La tarea del oficial de cumplimiento es reportar las transacciones sospechosas a la IVE. Él no tiene idea de si eso es lavado o no, porque los delitos solo los establecen los jueces.

  • ¿Y la corrupción?

Siempre se ha dicho que en corrupción entra el narcotráfico, la evasión fiscal, corrupción, extorsiones y tráfico de personas. En la lucha contra la corrupción eso es importante, porque hay un diseño de prevención que se llama personas expuestas políticamente.

Internacionalmente hay funcionarios que tienen capacidad de decisión sobre fondos públicos. Éstos deben tener un monitoreo especial en función de los montos y parámetros que manejan. Deben estar en un apartado especial y, por lo tanto, un tratamiento especial.

Lo que viene de un banco no hay problema

Una persona no tiene obligación de rastrear el dinero que recibe. Pero se recomienda no prestar su cuenta a otra persona. Hay muchos que han sido involucrados en algún proceso por haber prestado su cuenta o su nombre para alguna transacción.

Hugo Oroxóm

  • La labor de coordinación

Intendencia es sustituir al SIB cuando debe atender asuntos fuera del país. La labor es coordinar a las demás intendencias de la SIB, para que la gestión se desarrolle de acuerdo a las labores internas.

La misión de la SIB es mantener la estabilidad del sistema financiero supervisado. La labor se basa en la supervisión basada en riesgos para monitorear la gestión que los supervisores realizan.

  • Hay garantía de la supervisión institucional

En cada institución supervisada existe un oficial de cumplimiento, pero se ha logrado impulsar la instrucción de que debe depender de las juntad directivas de las instituciones supervisadas.

Como supervisores evaluamos el trabajo de los supervisores de los oficiales de cumplimiento.

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  • ¿Qué es Transacción sospechosa?

Las instituciones tienen la obligación de generar un perfil de cada persona que realiza operaciones bancarias. Cuando una operación está fuera de ese perfil y no tiene fundamento económico legal, se convierte en una transacción sospechosa.

Hay transacciones inusuales. El Banco la cita para que explica el origen del dinero, si no logra fundamentarlo se convierte en transacción sospechosa. De lo contrario, todo queda aclarado.

  • ¿Socializar las deudas?

Lo que se pretende es no llegar a ese punto. La idea es que cuando una institución sistémica tuviera algún problema, que haya una medida preventiva que entre en el momento oportuno para cuidar el dinero de los cuentahabientes.

La iniciativa 5157 que se discute permite que las responsabilidades civil, administrativa y penal de la persona que está al frente de la institución bancaria siga vigente.

  • ¿Funcionarios sospechosos?

Como se dijo anteriormente, las instituciones están obligadas a emitir un perfil de las personas obligadas.

  • ¿Y si se trata de un testaferro?

Cuando se detecta una persona que actúa como testaferro, la institución está obligada a definir un perfil en función de la función que realiza, cuando realiza una operación fuera de esta característica, un supervisor está obligado a denunciarlo.

  • La criptomoneda

Las autoridades monetarias han declarado que no está autorizado en Guatemala. Lo que tenemos es una discusión del dinero electrónico, para que se convierta en una ley.

  • Sistema de cobranzas, ¿es legal?

Algunas instituciones bancarias contratan servicios de terceros para realizar cobros. Eso está permitido, pero hay que darse cuenta de que su actuar esté enmarcado en lo moral, ético y legal.

Escuche nuevamente el programa aquí: ▼

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