La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó a Guatemala por la aplicación de la pena de muerte a un hombre sentenciado por asesinato, informó este lunes el tribunal.
Según la resolución de la CorteIDH, Guatemala es internacionalmente responsable por la pena de muerte aplicada a Aníbal Archila en 1999, que constituyó una violación a la Convención Americana de Derechos Humanos, que veda la pena capital, según la sentencia.
.@hoss06 Oswaldo Samayoa: "Si el estudiante de Derecho plantea que la pena de muerte es la salida, es una persona que me advierte de que no va estudiar cómo resolver conflictos sino que va a repetir modelos y la academia es para hacer propuestas". #EUSobremesa pic.twitter.com/XT9J6m01l8
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Se trata de la segunda condena del tribunal continental con sede en San José, Costa Rica, contra Guatemala por aplicar la pena capital, luego de que el 18 de noviembre dio a conocer otra sentencia por el fusilamiento de dos hombres.
Archila fue sentenciado a muerte en mayo de 1996 junto a Miguel Ángel Rodríguez y Miguel Ángel López por el delito de asesinato.
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El tribunal que lo condenó aplicó una disposición del Código Penal de entonces que establecía la pena de muerte en casos de asesinato que tuvieran agravantes, una norma que no está actualmente vigente.
La CorteIDH también declaró a Guatemala responsable de “la violación del derecho a la integridad personal” de Rodríguez, López y Archila por las “condiciones carcelarias en las que permanecieron y el sometimiento al fenómeno del ‘corredor de la muerte'” y por “la violación del derecho a recurrir el fallo”.
En un comunicado, la corte continental dijo que los tres hombres interpusieron diversos recursos de apelación que fueron desestimados, hasta que Archila fue ejecutado en julio de 1999.
Los otros dos casos lograron que la justicia aceptara su revisión y, el 2 de julio de 2012, la Corte Suprema de Guatemala anuló la pena de muerte y les aplicó una sentencia de 30 años de prisión.
Linares y Galdámez presentan iniciativa para aplicar pena de muerte.
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Ambos obtuvieron la libertad en 2016 con el beneficio de reducción de pena por trabajo y buena conducta.
Guatemala “violó la garantía de imparcialidad”
La CorteIDH destacó que Guatemala “violó la garantía de imparcialidad y el principio de inocencia” en el proceso contra los acusados.
También señaló que las condiciones carcelarias en que estuvieron los tres hombres “no cumplieron con los requisitos materiales mínimos de un tratamiento digno, y constituyeron un trato cruel, inhumano y degradante”.
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El tribunal interamericano ordenó a Guatemala adecuar las condiciones de la cárcel conocida como “El Infiernito“, donde los tres estuvieron detenidos, “a las normas internacionales de derechos humanos”.
Con información de AFP.