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Formas sencillas para realizar el trámite de traspaso de vehículos

Costos y beneficio del traspaso de vehículos de forma tradicional y electrónica.

El trámite de traspaso de vehículos en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en ocasiones puede ser un poco engorroso. Sin embargo, existen diferentes formas para simplificar la diligencia.

El trámite tradicional puede tomar de dos a cuatro horas en una agencia tributaria o bien 15 minutos de forma electrónica por medio de un notario autorizado.

También existe la opción de contratar servicios de gestión tributaria para evitarse los procedimientos engorrosos de los trámites de traspaso del título de propiedad por la venta y compra de vehículos.

Lectura sugerida ► Destituyen a Abel Cruz de la SAT

Simplificar procesos

Una de las empresas autorizadas para realizar la gestión es P&S Contabilidad, la cual realiza el procedimiento de la forma tradicional (titulo endosado) y de la forma electrónica.

Jorge Pineda Samayoa, consultor tributario de esa firma, explicó que el contribuyente en la mayoría de ocasiones decide hacer personalmente el traspaso porque es más económico.

 

Jorge Pineda Samayoa, consultor tributario, explica que hacer el trámite de forma personal es más económico.

Manifestó que el trámite es bastante tardado a pesar de que es más barato. Es por ello que esa compañía ofrece el servicio de preparar el expediente para el traspaso con título endosado.

Nosotros nos encargamos de llenar los formularios, así como de pagar el impuesto del vehículo y reposición de documentos. Entregamos la papelería completa para que las personas solo vayan a hacer la cola a la SAT”, dijo Pineda Samayoa.

Costos

Esa compañía cobra por el servicio antes mencionado Q1 mil 470, por vehículos de cuatro ruedas modelos 2017-2016, incluye impuestos de traspaso, auténtica y honorarios de oficina

Mientras que modelos  anteriores el costo es de Q970. “Es importante que los contribuyentes tengan pagado el impuesto de circulación 2020.

Para motocicletas 2018-2017 es de Q770. Años anteriores Q670.

Traspaso electrónico

El traspaso electrónico es mucho más rápido, puede realizarse hasta el 15 minutos. Sin embargo, el costo es más elevado.

Cabe mencionar que esa empresa cobra por ese servicio Q1 mil 640 por carros 2017-2016; modelos anteriores Q1 mil 140.

Mientras que para las motocicletas 2018-2016 Q940 y Q840 por modelos anteriores.

Validación de la huella dactilar para el traspaso electrónico (el trámite no se puede realizar si vendedor y comprador no están presentes).

Los costos de ambos procesos incluyen los pagos en la SAT excepto el impuesto de circulación.

Requisitos

Para realizar los procesos antes mencionados la SAT pide que se cumplan con los siguientes requisitos:

Tradicional

  • Título de propiedad original.
  • Tarjeta de circulación original.
  • Copia del Documento Personal de Identificación(DPI) de comprador y vendedor.
  • El NIT del comprador.
  • Cancelado impuesto de circulación de año actual.
Electrónico
  • Título de propiedad sin firmas legalizadas.
  • Copia del Documento Personal de Identificación(DPI) de comprador y vendedor.
  • Comprador y vendedor deben estar presentes en la oficina de servicios de gestión tributaria, para validar la operación con huella dactilar (el trámite no se puede realizar si  ambas partes no están presentes).  
  • El comprador del vehículo se lleva impreso su título de propiedad, la tarjeta de circulación y la impuesto de circulación.

 

Para más información puede contactar en redes sociales a P&S Contabilidad o al teléfono 6633-1839.

La Agencia Virtual

Para realizar cualquiera de los dos procesos anteriores es necesario tener activada la Agencia Virtual de la SAT, la cual sirve para la impresión de la constancia del Registro Tributario Unificado (RTU), Información de registro fiscal de imprenta, detalles de omisos, factura electrónica y todo lo relacionado a vehículos.

“Es vital para realizar cualquier trámite en la SAT tener habilitada la Agencia Virtual”, finalizó Jorge Pineda Samayoa, consultar tributario.

Fuente: Intendencia de Recaudación y Gestión de la SAT.

 

 

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