Los diputados del Congreso de la República mediante decreto 9-2020 ratificaron por 30 días más el estado de Calamidad Pública decretado por el Organismo Ejecutivo para atender la emergencia del nuevo coronavirus COVID-19.
Con 113 votos a favor también fue ratificado el toque de queda según decreto gubernativo 6-2020.
El estado de Calamidad vencía el 5 de abril, por lo que fue ampliado a 30 días.
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#URGENTE #EUCoronavirus Los diputados mediante decreto legislativo 9-2020 ratifican por 30 días más el estado de Calamidad Pública declarado por el Organismo Ejecutivo para atender emergencia del #COVID19. También se avala el toque de queda según decreto gubernativo 6-2020. pic.twitter.com/2dJsqoOV72
— …. (@Congreso_EU) March 24, 2020
Toque de queda
El llamado a permanecer en confinamiento ha sido constante, sin embargo, a partir de este 22 de marzo cobrará vigencia más regulaciones del estado de Calamidad.
Esto incluye la restricción para movilizarse la cual estará vigente por ocho días, en un horario de las 16:00 PM hasta las 4:00 AM.
#EUCoronavirus
Hoy fue publicado en el @DiariodeCA el Decreto Gubernativo 6-2020 que contiene las nuevas disposiciones del @GuatemalaGob, que incluye la restricción de movilización de las 16:00 pm a las 4:00 am del día siguiente.
Vía: @HMontenegro_EU pic.twitter.com/7FMpDZKmZR— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) March 22, 2020
¿Quiénes sí tienen permiso para salir?
Esta restricción aplica únicamente en el horario establecido y, si bien se permite la movilidad de los particulares, se hizo un llamado para tener consigo el Documento Personal de Identificación (DPI).
Una vez comienza el horario del toque de queda podrán circular solo aquellos con determinadas excepciones:
- Vehículos de emergencia (Bomberos, paramédicos, etc).
- Vehículos de seguridad (PNC, PMT, Ejército, etc).
- Motoristas de farmacias.
- Repartidores de restaurantes de comida rápida.
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Con información de Francisco Pérez