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Home office
Imagen con fines ilustrativos | pixabay.com

“Home office”: empresas deberán pagar luz e Internet a empleados

Esto, después de que la Cámara de Diputados de México aprobara una reforma a la Ley de Trabajo para incluir la modalidad de teletrabajo o “home office”.

Los patrones mexicanos deberán pagar el servicio de luz y de Internet, así como el equipamiento, a sus empleados que realicen teletrabajo o “home office”.

Esto, después de que la Cámara de Diputados aprobara una reforma a la Ley de Trabajo para incluir esta modalidad, acelerada en el 2020 por las necesidades empresariales ante la pandemia de Covid-19.

En el dictamen se establece que los patrones están obligados a “asumir los costos derivados” del trabajo a distancia, “incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad”.

Dichos servicios incluyen la “infraestructura, redes, software, aplicaciones informáticas y dispositivos” necesarios para trabajar desde casa.

Home office
Imagen con fines ilustrativos | pixabay.com

El empleador también deberá “proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios” como computadoras y sillas ergonómicas, entre otros.

La iniciativa había recibido ya el aval de la Cámara baja, pero aún debe ser ratificada por el Ejecutivo.

¿Cuándo es “home office”?

La reforma al artículo 311 de la Ley de Trabajo establece, asimismo, la definición de lo que se considera teletrabajo o “home office”.

Según el dictamen,  el teletrabajo será aquel “que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo”. “Consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora”, agrega.

Para que una actividad se considere dentro de esta modalidad, debe suponer que el trabajador opere en remoto al menos el 40% de su jornada.

Home office
Imagen con fines ilustrativos | pixabay.com

Además, la Cámara establece que los empleados tienen derecho a poder desconectar cuando acaba su horario, y  que los empresarios tienen la obligación de respetar la intimidad de los trabajadores.

México es el cuarto país del mundo más castigado por la pandemia de Covid-19, con más de 111 mil muertos y 1.2 millones de casos acumulados, según cifras oficiales.

*Con información de AFP

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