El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) reformó el la normativa emitida el pasado 20 de enero, en donde se restringía el horario de operaciones de ciertos comercios para reducir los contagios de Covid-19.
En el diario oficial fue publicado este viernes el acuerdo ministerial número 24-2021, en el que se establece que los distintos negocios podrán operar en sus horarios regulares, pero respetando el aforo, con base en el Sistema de Alertas Sanitarias por Covid-19.
Asimismo, se permitirá que se instalen ferias, pero sin que puedan hacerse elecciones de reina, conciertos u otras actividades masivas.
En estos nuevos lineamientos se resalta que en todo momento se deberá respetar el aforo y que se deberán elaborar y cumplir protocolos de bioseguridad para la prevención de contagios de Covid-19.
#EUCoronaviurs Como parte de las medidas implementadas por el Gobierno para contener la pandemia, a partir de ahora estos negocios solamente podrán operar hasta las 19:00 horas https://t.co/AC3yNc2Q5V
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) January 26, 2021
Las modificaciones se dan después de que en los últimos 14 días se observara una disminución del porcentaje de positividad de pruebas. Además, se redujo la cantidad de municipios en alerta roja (máximo riesgo) y aumentó la de amarillo (mediano riesgo).
Y aunque estos cambios otorgan de cierta manera mayor libertad para la población, la cartera de salud recordó que las actividades deben desarrollarse en el entorno más seguro posible.
También recordó que el incumplimiento de las disposiciones obligatorias contenidas en la normativa deberá ser sancionado por las autoridades competentes, de conformidad con la legislación en salud, municipal, administrativa y penal, según fuere el caso.
#NACIONALES
Como parte de las disposiciones gubernamentales para contener la pandemia, las ferias permanecen prohibidas. https://t.co/ThTPB7YDiW— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) January 28, 2021
Nuevas disposiciones
Las disposiciones para la contención y prevención del incremento de contagios de Covid-19 a nivel nacional que entraron en vigencia este viernes, 5 de febrero, son:
- Mantener el aforo en parques públicos y parques municipales y otros de similar característica, de conformidad con lo establecido en el sistema de alerta sanitaria.
- Limitar a no más de 100 personas el acceso a las playas, lagos y ríos y otros similares, ubicados en municipios en nivel de alerta roja-máxima y naranja-alta.
- Garantizar el cumplimiento del aforo y demás medidas sanitarias en espacios cerrados y centros de trabajo.
- Asegurar el cumplimiento del aforo en los mercados municipales, cantonales y satelitales. En estos lugares se podrá laborar de 05:00 a 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años.
- Se permiten las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra de similar naturaleza, quedando estrictamente prohibido la realización de fiestas, conciertos, elecciones de reina y cualquier actividad que genere aglomeración en municipios que estén en alertas roja y naranja.
- Los centros comerciales, plazas comerciales y similares, supermercados, tiendas de conveniencia y tiendas de barrio, así como restaurantes, podrán desarrollar sus actividades en horarios regulares. Deberán respetar el aforo y medidas de bioseguridad.
- En el caso de los centros y plazas comerciales, se deberá respetar el aforo dentro de los parqueos y áreas comunes, tales como juegos infantiles, foodcourts y áreas de espectáculos, entre otros, para evitar aglomeraciones.
- Los bares y centros de diversión nocturna podrán funcionar hasta las 21:00 horas, respetando los aforos establecidos y medidas de bioseguridad, con base en el tablero de alertas.
#EUCoronavirus En el Diario Oficial se publicó el Acuerdo Ministerial Número 24-2021, que oficializa las disposiciones por medio de las cuales se permiten ferias comunales y horarios regulares para centros comerciales pic.twitter.com/cSF0IDjsGK
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) February 5, 2021