16 abril, 2024 | 5:04 pm
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Diputados piden a la CC aclarar procesos de selección de magistrados

La Constitución Política de la República de Guatemala faculta a cinco entidades realizar procesos para designar magistrados a la CC.

Diputados de la bancada Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) accionaron ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por los procesos de designación de magistrados a esa instancia que se realizan en el Congreso de la República y en el Organismo Judicial (OJ).

La referida agrupación legislativa planteó ante el tribunal constitucional dos acciones de amparo, con las cuales se busca:

  • Que el proceso que se realiza en el Organismo Legislativo se desarrolle con transparencia.
  • Establecer si la Corte Suprema de Justicia (CSJ) es competente para realizar dicha tarea.

El diputado Orlando Blanco aseguró que con las peticiones que se hicieron a la CC se pretende:

  • Que la ciudadanía tenga conocimiento de cómo en el Congreso de la República se realiza la selección y designación de un magistrado titular y de uno suplente para el período 2021-2026 en el tribunal constitucional.
  • Que se aclare la duda con relación a la legalidad en la designación que pueda hacerse en el OJ, derivado de que los magistrados de la CSJ excedieron el plazo constitucional para ejercer sus funciones.

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Procesos de designación de magistrados

La Carta Magna establece que los magistrados de la CC ejercerán sus funciones por un plazo constitucional de cinco años, los cuales comienzan a contar desde el 14 de abril próximo.

De acuerdo con la máxima ley del país, son cinco instituciones las que tienen la facultad para designar a un magistrado titular y uno suplente para la CC.

Las entidades son:

  • El presidente de la República.
  • El Congreso de la República.
  • La Corte Suprema de Justicia (CSJ).
  • El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
  • La Universidad de San Carlos (Usac) por medio del Consejo Superior Universitario (CSU).

Además, se establece que ningún magistrado es representante de las instituciones por las que fueron designados, ni deben rendirles cuentas.

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