El Ministerio de Salud publicó este viernes una serie de disposiciones transitorias y obligatorias para la contención y prevención del incremento de contagios de Covid-19.
Por medio del acuerdo ministerial 73-2021 se da a conocer una serie de restricciones de aforos para parques, playas y centros turísticos. También cambios en horarios de centros comerciales, restaurantes, supermercados y tiendas.
Según la normativa, estas disposiciones se dan con el objetivo de proteger la vida y la salud de los habitantes del país, así como propiciar las condiciones para mitigar los efectos económicos y sociales provocados por la pandemia.
En esta se establece que es obligatorio para toda la población el uso universal y adecuado de la mascarilla en todo momento y lugar.
Se exceptúan de esta disposición los niños menores de dos años y las personas que por su condición médica cuenten con alguna contraindicación certificada por un profesional de salud.
#EUNacionales Autoridades de Salud informaron que se observa un incremento significativo de casos positivos y que se ha tenido hasta 300% de ocupación en centros asistenciales. También dieron a conocer que la pandemia está migrando al área rural del país.https://t.co/NAz0zsXAH9
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) March 26, 2021
Medidas para contener el Covid-19
Las disposiciones que estarán vigentes a partir de este viernes, 26 de marzo, incluyen:
- Mantener el aforo en parques públicos y parques municipales u otros de similar característica de conformidad con lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria para la Emergencia Covid-19.
- Limitar a no más de 100 personas el acceso a las playas, lagos, ríos, centros turísticos y parques acuáticos a nivel nacional. No se permitirá la permanencia en estos espacios después de las 21:00 horas.
- Los alcaldes podrán tomar la decisión de limitar el acceso a las playas, lagos, ríos y balnearios públicos, de acuerdo con su autonomía y el grado de riesgo de su municipio.
- Los conciertos y eventos masivos de cualquier tipo en las rutas del país, playas públicas y privadas, quedan limitadas a las autorizaciones e las autoridades competentes, en horarios que no superen las 21:00 horas. Se deberán apegar estrictamente a lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria.
- La realización de fiestas y eventos privados deberán apegarse estrictamente a lo establecido en el Sistema de Alerta Sanitaria y no llevarse a cabo más allá de las 21:00 horas.
- Asegurar el cumplimiento del aforo en mercados municipales, cantonales y satelitales, garantizando el uso universal de mascarillas en visitantes y comerciantes. Los mercados podrán operar entre las 06:00 y las 19:00 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años.
- Los centros comerciales, plazas comerciales y similares podrán realizar sus actividades hasta las 21:00 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de 60 años y respetando las restricciones en áreas comunes. Quienes se encuentren dentro de los establecimientos después del horario de cierre, podrán continuar en el lugar hasta concluir sus gestiones.
#NACIONALES
Especialista en enfermedades del pulmón recomienda a autoridades de Educación privilegiar clases virtuales después de la Semana Santa.https://t.co/DbNapIA5VT— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) March 21, 2021
- Limitar el aforo al 50% de su capacidad de acceso en supermercados, tiendas de conveniencia y de barrio, garantizando el distanciamiento físico de 1.5 metros entre personas. Podrán desarrollar sus actividades hasta las 21:00 horas.
- Los restaurantes, bares y centros de diversión nocturna podrán operar hasta las 21:00 horas, respetando los aforos y medidas de bioseguridad respectivas.
- Los templos religiosos podrán funcionar hasta las 21:00 horas, respetando los aforos, medidas de bioseguridad y recomendaciones que define el sistema de semáforo de alertas.
- Se permiten las ferias comunales, de barrio, municipales y cualquier otra de similar naturaleza. Queda estrictamente prohibida la realización de fiestas, conciertos, elecciones de reina y cualquier actividad que genere aglomeración de personas.
- Garantizar el cumplimiento del aforo y demás medidas sanitarias en los centros de trabajo.
#EUNacionales El @MinSaludGuate publica en el Diario Oficial el acuerdo ministerial 73-2021, que establece disposiciones transitorias y obligatorias para la contención y prevención del incremento de contagios de #EUCoronavirus a nivel nacional. pic.twitter.com/pwSfBoNYWX
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