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Foto ilustrativa: AFP

Salud publica norma para prevención del Covid-19 en centros de cuidado infantil

El distanciamiento social, protección facial y mantener la ventilación natural en los recintos son parte de las disposiciones que se deben poner en marcha.

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) reguló el funcionamiento de los centros de cuidado infantil para poder prevenir los contagios de Covid-19.

Por medio del acuerdo ministerial número 102-2021, publicado en el diario oficial este viernes, se establece la normativa para el desarrollo de las actividades en este tipo de lugares.

Se trata de la “Norma sanitaria para la prevención y control de infecciones por Sars-Cov2 y otras epidemias para los centros de cuidado infantil diario, públicos y privados, que atienden a niños y niñas comprendidos entre los dos y 48 meses de edad”.

La misma establece que el objetivo es que se pueda garantizar la continuidad del cuidado infantil a nivel nacional en un ambiente seguro y de bajo riesgo para los menores, los educadores y personal administrativo.

Normas para prevención del Covid-19

El MSPAS definió las siguientes normas esenciales de prevención y protección sanitaria ante el Covid-19:

  • Cumplir estrictamente con las medidas sanitarias y la responsabilidad colectiva, por lo que deberá garatizarse el uso universal y adecuado de la mascarilla, exceptuando a los niños menores de dos años. También mantener el distanciamiento social de 1.5 entre personas y la higiene constante de manos.
  • Las mascarillas permitidas son de tipo quirúrgido o de tela de dos capas sin válvula. Las mascarillas N95 solo se recomiendan para personas de alto riesgo.
  • Protección facial. Los educadores, personal administrativo y de servicio de todo centro de cuidado infantil diario, durante todo el tiempo que estén en contacto con los niños y niñas, deberán cumplir con la protección facial establecida en la normativa vigente.
  • Ventilación natural en las áreas de atención. En ambientes interiores deberán mantenerse puertas y ventanas abiertas, de preferencia con ventilación cruzada. Los educadores deberán realizar actividades lo más cercano al flujo de ventilación posible, minimizando la dispersión de aerosoles y gotas respiratorias.
  • Garantizar el distanciamiento físico permanente.
  • Higiene de manos, limpieza y desinfección de suprficies.
  • Contar con estaciones de desinfección de calzado al ingreso de cada área de atención que por su especialidad lo requiera.

De acuerdo con la cartera de Salud, el incumplimiento de estas normas será sancionado por la autoridad de salud de confirmidad con lo establecido en el Código de Salud.

Para constatar que se estén siguiendo los lineamientos se instalará un sistema de vigilancia y control sanitario en los centros de cuidado infantil.

Asimismo, el personal del MSPAS y de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia podrán realizar visitas físicas, sin previo aviso, a las guarderías.

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