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Reformas al estado de Calamidad se enfocan en compras y contrataciones para manejo de la pandemia

Gobierno reforma disposiciones enfocadas al proceso de compras y contrataciones que podrá realizar el Ministerio de Salud para atención Covid-19.

Miembros del Gabinete de Gobierno, con la presencia del presidente Alejandro Giammattei, se reunieron este sábado en la Casa Presidencial desde las 18:00 horas, para reformar el estado de Calamidad solicitado por el Ejecutivo ante el incremento de casos de coronavirus en el país.

En ese sentido, el Gobierno de Guatemala informó en cadena nacional sobre las reformas al Decreto Gubernativo 6-2021 y a las disposiciones presidenciales, en el marco del estado de Calamidad Pública.

Es de resaltar que en esta ocasión no fue el presidente Giammattei quien brindó la información a la población guatemalteca, sino Javier Maldonado, quien es parte del equipo de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia.

Reformas al estado de calamidad

De esta forma, se reveló que en Consejo de Ministros se decidió reformar el estado de calamidad y las disposiciones presidenciales por los próximos 30 días. Una de ellas es que las compras que realicen el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) deben ser solamente en temas de evitar propagación del coronavirus.

Es decir que ambas instituciones están autorizados para realizar las compras o contrataciones de bienes, obras, servicios y suministros exclusivamente para la prevención, diagnóstico y tratamiento de la emergencia de la Covid-19.

Las reformas destacan que las compras o contrataciones se realizarán de forma competitiva, debiendo solicitar ofertas electrónicas a través del Sistema GUATECOMPRAS, registrándose por medio de Número de Operación Guatecompras (NOG). Es decir, que cada entidad será responsable de establecer los criterios o condiciones adicionales que deberán llenar los oferentes para ser adjudicados, debiendo tomar en cuenta la calidad, precio, tiempo de entrega y que el giro comercial del proveedor sea acorde al bien.

Se detalló que las unidades o responsables de las compras o contrataciones, podrán adjudicar total o parcialmente la negociación. Las compras o contrataciones de bienes, servicios y suministros deben encontrarse dentro un listado en específico brindado por las autoridades: C

  1. Contratación de recurso Humano
  2. Medicamentos
  3. Equipo hospitalario
  4. Insumos de laboratorio
  5. Servicios hospitalarios
  6. Oxígeno
  7. Equipo médico quirúrgico
  8. Fórmulas
  9. Equipo de protección personal
  10. Publicidad

“Se garantiza transparencia”, afirmó Maldonado.

Las reformas serán publicadas este domingo 22 de agosto 2021 en el diario oficial y están vigentes hasta el 11 de septiembre próximo. Con eso, solicita al pleno del Congreso para que conozca, ratifique, modifique o impruebe las reformas a ese decreto gubernativo.

Siguen las medidas

Entre las medidas reformadas  en el estado de calamidad por parte del Gobierno central figuran:

  • Se limita la locomoción de 22:00 horas a 4:00 horas del siguiente día, con las excepciones que quedarán establecidas a partir de las disposiciones presidenciales que se publicarán este sábado.
  • El estado de calamidad prohíbe o suspende toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos, conforme a las disposiciones presidenciales.
  • Se establecen precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros o servicios que tengan algún tipo de relación en la prevención, tratamiento, contención y respuesta al coronavirus y sus variantes, y procedimientos médicos relacionados, así como el acaparamiento de estos.
  • El Ministerio de Gobernación deberá elaborar y aplicar planes de seguridad pública y encargarse de todo lo relativo con el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana y de sus bienes.

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