La Corte Suprema de Justicia (CSJ) notificó este miércoles al Consejo de la Carrera Judicial acerca de una nueva disposición con relación a los nombramientos y gestiones relacionadas con jueces.
Por medio de un oficio, la Corte detalló que la Gerencia de Recursos Humanos del Organismo Judicial (OJ) no va a acatar ninguna designación o traslado de los funcionarios judiciales que el Consejo disponga.
Según el documento, en el punto de acta 44-2021, celebrada el 8 de septiembre de 2021, la CSJ emplazó a la referida Gerencia par que se abstenga de registrar los movimientos de jueces de Paz y de Primera Instancia Penal que realice el Consejo de la Carrera Judicial.
Traslados de jueces
La Ley de la Carrera Judicial se refiere en su artículo 26 a los traslados de jueces y magistrados y detalla que podrán darse por las causas siguientes:
- Por razones de servicio, calificadas mediante resolución motivada del Consejo de la Carrera Judicial, previa audiencia y compensación económica de los gastos del traslado.
- Por solicitarlo así el interesado, y si a juicio del Consejo de la Carrera Judicial haya acumulado méritos en el ejercicio del cargo, tenga una causa justificada y el traslado no sea inconveniente para el servicio de la administración de justicia.
- En los casos de preferencia a que se refiere el literal c) del artículo 24 de esta ley.
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— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) October 13, 2021
Asimismo, la referida normativa menciona entre las funciones del Consejo el hecho de evaluar las razones que puedan motivar el traslado a que se refiere el artículo 26 de la Ley de Carrera Judicial y definir el monto de los gastos del traslado.
En otro apartado, la ley menciona que cuando haya vacantes, ascensos y traslados en la categoría de juez de instancia o de paz, el Consejo de la Carrera Judicial lo hará del conocimiento de los funcionarios judiciales en servicio activo que deseen ascender o trasladarse.
Posteriormente, deberá practicar la evaluación del rendimiento y comportamiento profesional del candidato y declararlo elegible para ocupar el cargo de diferente categoría o grado.
* Con información de Samanta Guerrero, Emisoras Unidas 89.7