El Organismo Judicial (OJ) confirmó el fallecimiento de la jueza separada del cargo, Marta Josefina Sierra González de Stalling, implicada en el caso Bufete de la Impunidad.
Por medio de redes sociales, se emitió un pronunciamiento en el que se estableció que la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Silvia Valdés; y los demás magistrados lamentan el sensible fallecimiento.
Se indicó también que la abogada laboraba en el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala.
#PresidenteOJ Silvia Patricia Valdés Quezada y Magistrados de la #CSJ lamentan el sensible fallecimiento de la Jueza Marta Josefina Sierra Gonzales de Satalling, quien laboraba en el Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala. pic.twitter.com/SGWbySZUYr
— Organismo Judicial (@OJGuatemala) June 1, 2022
Caso contra Sierra de Stalling
Marta Sierra de Stalling, su hijo Roberto Stalling y siete personas más son señaladas de estar vinculadas con el pago de sobornos a cambio de que se beneficiara a sindicados en el caso La Línea con medidas sustitutivas.
Stalling fue procesada por los delitos de cohecho pasivo y prevaricato, ya que de acuerdo con el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) habría llegado a “acuerdos ilegales” con seis señalados en el caso de defraudación aduanera.
“Los habría beneficiado con fianzas para salir en libertad”, señala la acusación.
La Fiscalía cuenta con interceptaciones telefónicas en donde se refleja la posible comisión de los delitos.
#NACIONALES Una sala admitió la apelación que planteó la FECI contra el fallo que había cerrado el expediente.https://t.co/MBtkHGIl4L
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) July 24, 2021
En agosto de 2017, el juez Mynor Moto, titular del Juzgado Tercero Penal, clausuró de forma provisional el caso, pues consideró que no existían indicios suficientes para respaldar los señalamientos.
Sin embargo, en noviembre de ese mismo año, la Sala Cuarta de Apelaciones del Ramo Penal dejó sin efecto la resolución del juzgador, por medio de la cual sobreseyó y clausuró provisionalmente el proceso.
Los magistrados establecieron que el togado debería emitir un nuevo fallo con relación a las nueve personas sindicadas.