La Corte de Constitucionalidad (CC) denegó el amparo que el juez de Mayor Riesgo B, Miguel Ángel Gálvez, presentó en contra de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por haber tramitado el antejuicio en su contra.
En su resolución, el alto tribunal constitucional manifestó que las circunstancias no hacen aconsejable avalar el referido recurso pues, en su opinión, no se dan los supuestos que prevé el artículo 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
En ese sentido, “se deniega el amparo provisional solicitado”, destacaron los magistrados en la resolución que se dio a conocer este lunes.
El juez Galvez fue denunciado por la Fundación contra el Terrorismo porque supuestamente inventó la figura de “prisión provisional”.
El togado, al interponer el amparo expuso que la CSJ se apresuró al tramitar el antejuicio sin exigir ni preguntar detalles de los señalamientos en su contra y tener conocimiento de los procesos a su cargo.
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— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) June 28, 2022
La acción de Gálvez ante la CC
El togado acudió el pasado 28 de junio ante la CC acompañado de su abogado y resaltó que en 23 años no se había presentado a ese lugar, mucho menos a plantear un memorial de esa clase.
“Pero lamentablemente, ante los momentos que estamos viviendo, se me hace necesario ejercer parte de mi derecho de defensa como ciudadano, como abogado y juez”, expresó.
También indicó que siempre ha pensado que no solo en estas resoluciones, sino que en todos los fallos, solicitudes y memoriales, se tienen que revisar no solo los requisitos de forma, sino los de fondo.
“Al cumplir los de forma se tienen que analizar los de fondo y, como mínimo, se tiene que exigir para darle trámite a un procedimiento de amparo los temas de razonabilidad que hagan pensar fundadamente en si al interponente le asiste en derecho”, resaltó.
* Con información de Samanta Guerrero, Emisoras Unidas 89.7