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Sede de la Contraloría General de Cuentas
Foto: Archivo.

Contraloría amplía horario de atención por alta demanda de finiquitos

El trámite puede realizarse de forma presencial o en línea.

La Contraloría General de Cuentas confirmó este miércoles, 11 de enero de 2023, que amplió el horario de atención en su sede central, ubicada en la zona 13. Esta es una medida aplicada en el marco de las elecciones 2023, pues se observa un aumento en la demanda de las solicitudes de finiquitos (constancias transitorias de inexistencias de reclamación de cargos).

Según indicó la institución, se estará atendiendo hasta las 19:00 horas de lunes a viernes, a partir del próximo, lunes 16 de enero. Habrá 12 ventanillas disponibles para realizar el trámite que permitirá obtener este documento, uno de los requisitos para quienes se postularán a cargos públicos y han manejado fondos públicos con anterioridad.

“El objetivo es ampliar la cobertura en atención a la población en estas fechas que se incrementan las solicitudes de las referidas constancias”, dijo Mónica Monge, asesora del Despacho de la Contraloría.

Agregó que los servicios que se brindarán son: primera actualización, la cual debe hacerse de manera presencial; reinicio de contraseñas, notificaciones de sanciones, solicitud de rebajas y pago de sanciones y para cualquiera de estos es importante presentar:

  • Documento Personal de Identificación (DPI).
  • Número de Identificación Tributaria (NIT).

Gestión de finiquito en línea

Monge recordó que la solicitud de finiquitos también puede hacerse en línea. Para ello es necesario contar con un usuario y contraseña proporcionado por la Contraloría.

Por medio del portal web también se pueden hacer consultas de los estados de cuenta, lo cual permitirá conocer si la persona tiene alguna denuncia, formulación de cargos o juicios de cuentas.

“Durante la primera semana de enero se han atendido aproximadamente 550 personas por día. Y en lo que va del año se han entregado 13 mil 501 constancias, el 100 por ciento en línea”, puntualizó.

Requisitos para inscripción de candidatos

La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece en su artículo 214, relacionado con la inscripción de candidatos, que se solicitará por escrito en los formularios que proporcionará el Registro de Ciudadanos para este efecto, en los cuales deberán consignarse los datos y aportar los siguientes documentos:

a) Nombres y apellidos completos de los candidatos, número de su documento de identificación y número de su inscripción en el Registro de Ciudadanos.

b) Cargos para los cuales se postulan.

c) Organización u organizaciones políticas que los inscriben.

d) Certificación de la partida de nacimiento de los candidatos.

e) Copia del Documento Personal de Identificación;

f) Original de la Constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargo emitida por la Contraloría General de Cuentas; este requisito es únicamente para quienes hayan manejado o administrado fondos públicos. La fecha de emisión de dicha constancia no deberá ser superior a seis meses.

g) Otros requisitos que establezca la Constitución Política de la República y la presente Ley.

* Con información de Lester Ramírez, Emisoras Unidas 89.7

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