La Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó un amparo en definitiva este miércoles 10 de enero a los magistrados suplentes del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Álvaro Cordón, Marco Cornejo y Marlon Barahona. Con esta resolución quedan sin efecto las solicitudes de retiro de inmunidad planteadas por el Ministerio Público (MP).
Los togados son señalados por la Fiscalía de Delitos Administrativos por supuestamente estar involucrados en supuestas irregularidades cometidas en el marco del proceso de adquisición del sistema de Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), utilizado en las Elecciones Generales 2023.
La reunión de pleno en la cual se conoció el recurso promovido por las autoridades electorales se llevó a cabo en horas de la mañana. Los magistrados evaluaron la situación planteada por los postulantes y determinaron que no procedería un proceso para buscar su retiro de inmunidad.
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En noviembre pasado, el alto tribunal constitucional había emitido un amparo provisional a favor de los togados y la presidenta del TSE, Blanca Alfaro, con el cual dejó en suspenso el trámite del antejuicio en su contra. Esto se dio porque la magistrada votó en contra, mientras que los demás profesionales no participaron en la compra del sistema informático.
Mientras tanto, en la resolución dada a conocer este día se detalla: “Se otorga el amparo solicitado y, como consecuencia, se restaura la situación jurídica afectada y, deja sin efecto, en cuanto a los postulantes, la resolución de siete de noviembre de 2023, por la que la Corte Suprema de Justicia ordenó trasladar al Congreso de la República las diligencias de antejuicio 255-2023, promovidas por el MP contra los magistrados titulares y suplentes del TSE”.
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— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) January 10, 2024
CSJ debe emitir nueva resolución con respecto a magistrados
En el fallo se detalla que, para los efectos positivos de este fallo, la referida autoridad deberá dictar una nueva resolución congruente a con lo considerado por el alto tribunal constitucional.
En ese sentido, se conmina a la autoridad cuestionada a dar exacto cumplimiento a lo resuelto dentro del plazo de cinco días siguientes contados a partir de que reciba la ejecutoria de esta sentencia.
“Bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, incurrirá en multa de dos mil quetzales (Q2,000.00) cada uno de sus integrantes, sin perjuicio de las responsabilidades consiguientes”, se detalla.
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* Con información de Ángel Oliva, Emisoras Unidas 89.7