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TSE - Tribunal Supremo Electoral
Foto: Omar Solís/EU

TSE cumple resolución sobre ampliación de suspensión del partido Semilla

La presidenta del tribunal, Blanca Alfaro, explicó que la suspensión de Semilla deriva de la Ley del Crimen Organizado y no de temas administrativos de la Ley Electoral.

La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Blanca Alfaro, confirmó este miércoles 3 de julio que se dio cumplimiento a la resolución del Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, a cargo de Fredy Orellana, que amplió por un año la suspensión provisional de la personalidad jurídica del partido político Movimiento Semilla.

“Ayer se recibió en el Registro de Ciudadanos un oficio remitido por el señor juez donde se nos daba seis horas para hacer la anotación de la suspensión temporal correspondiente y, por supuesto, se cumplió como siempre se ha hecho”, expresó la magistrada.

Agregó, que, con esa medida, el partido no puede llevar a cabo, por ahora, una serie de actividades, entre estas celebrar asambleas y afiliar personas.

Suspensión de Semilla surge de resolución judicial y no por temas administrativos

La magistrada Alfaro aclaró que la referida suspensión de Semilla deriva de una nueva medida cautelar que forma parte la Ley del Crimen Organizado y no de temas administrativos de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) que corresponda atender puntualmente al TSE.

“El TSE, como deviene de una orden de juez, se tiene judicializado el caso y entiendo que es el garante del proceso, nosotros hacemos anotación. Hay que hacer la diferencia, porque hay temas que contempla la LEPP, donde nosotros podemos iniciar suspensión por problemas de informes financieros o que no llegaron a la cantidad de afiliados que debe tener una organización política o, en su caso, hay desintegración del comité Ejecutivo Nacional, pero en este caso no deviene de una suspensión administrativa de la LEPP”, explicó.

La resolución de Orellana no solo amplió la suspensión provisional de la inscripción de persona jurídica del Comité Pro Formación del Partido Político Movimiento Semilla y del Partido Político Movimiento Semilla; además, con base en el artículo 12 de la Ley contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, autorizó la inmovilización de las cuentas de la agrupación.

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* Con información de Winston Cano, Emisoras Unidas 89.7

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