La Sala Primera de Apelaciones de Mayor Riesgo resolvió, por unanimidad, rechazar la recusación planteada por María Fernanda Bonilla y José Luis Marroquín, implicados en el caso que se sigue por la muerte de Melisa Palacios.
La defensa accionó con el objetivo de apartar del caso a la jueza de Mayor Riesgo C, Carol Yesenia Berganza, quien recientemente emitió un fallo en el que se envió a juicio a los sospechosos por el delito de asesinato y no por cargos que, de ser hallados culpables, les permitirían recibir penas menores.
Los abogados de los acusados y la propia Bonilla, al tomar hoy la palabra durante la audiencia, argumentaron que la funcionaria judicial habría externado opinión sobre el caso y habría actuado de cierta forma sin respetar la ley.
"Nos encontramos el día 2 de septiembre en la audiencia donde le correspondía a la jueza Carol Berganza llevar a cabo la audiencia a la cual mi persona iba a someterse a una aceptación de cargos, en la cual ella entró en una gravedad, ya que violentó mis derechos. Violentó mis derechos, honorables magistrados, por donde lo queramos ver. Ella misma nos cita a una audiencia (para ese asunto)", dijo Bonilla.
En esa diligencia, la defensa buscó que la togada conociera antes de la etapa intermedia una petición para aceptación de cargos, donde los procesados se declararían culpables de cargos de homicidio en estado de emoción violenta y encubrimiento propio. Sin embargo, Berganza no lo admitió y dio paso a la audiencia intermedia donde se hizo el cambio del cargo que se les atribuye.
Ante esta situación, la acusada consideró que la jueza no se apegó al derecho al citarlos y posteriormente "alterar" el orden de las audiencias.
Por su parte, el Ministerio Público (MP) describió como "frívola" la recusación y manifestó que no tiene argumentos sólidos. También expuso el representante del Instituto de la Víctima, que actúa como querellante, y mencionó que los acusados tendrían razón de recusar a la jueza si hubiera rechazado la aceptación de cargos, pero en ningún momento pasó eso.
Jueza actuó conforme a la ley, según sala
Tras analizar los argumentos de las partes, en la resolución los magistrados consideraron que la jueza no emitió criterio u opinión , ni actuó fuera de la ley.
"Esta Sala de Apelaciones establece que la juzgadora únicamente se limitó a fundamentar ese auto de apertura a juicio en etapa intermedia llevada a cabo, conforme a derecho. Apegada totalmente al artículo 11 BIS, del Código Procesal Penal", señaló la sala en su resolución.
"En ese sentido, consideramos que la juzgadora en ningún momento emitió criterio sobre el asunto que está a cargo en su judicatura. Esta sala de apelaciones establece que no se han variado las formas del proceso, por lo cual no es cierta la causal establecida en el artículo 123, literal J, de la Ley del Organismo Judicial, que establece que cuando el juez antes de resolver haya externado opinión en el asunto que se le ventilan", agregó una de las magistradas al darle lectura.
De igual forma, actuó conforme a la ley y no violentó ningún derecho al conocer primero la audiencia de etapa intermedia del caso. También se consideró que la jueza nunca entró a conocer una aceptación de cargos.
Tras conocer el fallo, Bonilla expresó: "Vamos a esperar los demás recursos que tenemos en cola para que se pueda solucionar. Esto no termina aquí. Tenemos más planteamientos todavía y hay que resolver lo demás".
* Con información de Omar Solís y Ángel Oliva, Emisoras Unidas.



