Navidad 2025: Restringen circulación de transporte pesado
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Oficializan restricción de circulación del transporte pesado durante festividades

Durante Navidad y Año Nuevo estará limitada la circulación de este tipo de transporte en todo el país.

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Vehículos de transporte pesado en una carretera., ilustrativa de archivo: EU
Vehículos de transporte pesado en una carretera. / FOTO: ilustrativa de archivo: EU

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó este miércoles 17 de diciembre en el diario oficial el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025, por medio del cual se definen los lineamientos con respecto a la restricción de circulación del transporte pesado durante las fiestas navideñas y de fin de año.

El documento detalla que la Ley de Transportes establece que todos los servicios públicos de transporte de carga o pasajeros, establecidos o que se establezcan para funcionar en el territorio de la República deben llenar las condiciones de seguridad y beneficio público.

En ese sentido, se acordó restringir la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio nacional en las siguientes fechas y horarios:

  • Desde el miércoles 24 de diciembre de 2025 (a partir de las 12:00 horas), hasta el jueves 25 de diciembre de 2025 (a las 24:00 horas).
  • Desde el miércoles 31 de diciembre de 2025 (a partir de las 12:00 horas), hasta el jueves 1 de enero de 2026 (a las 24:00 horas).

"Se exceptúan de esta restricción los transportes de carga pesada que trasladan productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados; así como las grúas por tratarse de un equipo de servicio", se aclara en la publicación.

Asimismo, se da a conocer que el transporte de carga pesada es el que tenga un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas, para definir a quiénes se aplica la referida restricción.

Sin permiso especial

El Ministerio de Comunicaciones aclaró que, dado que es taxativo el listado de transporte de carga pesada que se exceptúan de la restricción, no se requiere portar ningún permiso especial emitido por la Dirección General de Transportes, siendo suficiente presentar la documentación que ampare el traslado de productos correspondientes.

"Los transportes de carga pesada que trasladen o se dirijan a cargar los productos autorizados para circular deberán portar la documentación legal que respalde el traslado de los productos por cada una de sus entregas, o del equipo audiovisual por cada evento autorizado", detalla el acuerdo.

Agrega que, tanto las empresas como los transportistas podrán acceder al portal electrónico de la Dirección General de Transportes para proporcionar la información pertinente a cada uno de los traslados y obtener el respectivo Código QR que podrá presentarse, en su caso, a las autoridades reguladoras del tránsito.

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