El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó este miércoles 17 de diciembre en el diario oficial el Acuerdo Ministerial No. 2031-2025, por medio del cual se definen los lineamientos con respecto a la restricción de circulación del transporte pesado durante las fiestas navideñas y de fin de año.
El documento detalla que la Ley de Transportes establece que todos los servicios públicos de transporte de carga o pasajeros, establecidos o que se establezcan para funcionar en el territorio de la República deben llenar las condiciones de seguridad y beneficio público.
En ese sentido, se acordó restringir la circulación del transporte de carga pesada en todo el territorio nacional en las siguientes fechas y horarios:
- Desde el miércoles 24 de diciembre de 2025 (a partir de las 12:00 horas), hasta el jueves 25 de diciembre de 2025 (a las 24:00 horas).
- Desde el miércoles 31 de diciembre de 2025 (a partir de las 12:00 horas), hasta el jueves 1 de enero de 2026 (a las 24:00 horas).
"Se exceptúan de esta restricción los transportes de carga pesada que trasladan productos perecederos, alimentos, bebidas, combustibles, equipo audiovisual para eventos autorizados; así como las grúas por tratarse de un equipo de servicio", se aclara en la publicación.
Asimismo, se da a conocer que el transporte de carga pesada es el que tenga un peso bruto superior a 3.5 toneladas métricas, para definir a quiénes se aplica la referida restricción.



