SAT declara inhábiles 14 días de marzo y abril por estado de calamidad
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SAT declara inhábiles 14 días de marzo y abril por estado de calamidad

La SAT informó que por el estado de calamidad pública, tomaron la decisión de declarar como inhábiles seis días de marzo y 8 de abril.

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SAT / FOTO:

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que ante la declaratoria de estado de calamidad pública en todo el territorio nacional, tomaron la decisión de declarar como inhábiles seis días de marzo y 8 de abril (14 en total) para lograr que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias.

Los días que fueron declarados como inhábiles dentro del calendario tributario de la SAT son 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de marzo del 2020 y el 1, 2, 3, 6, 7, 8, 13 y 14 de abril de 2020 inclusive.

 

Durante en ese tiempo la SAT no podrá realizar procedimientos de fiscalización y verificación, así como exigir del contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, evacue audiencias, comparezca a citaciones y presente información que se le puedas requerir por parte de las autoridades de la Administración Tributaria.

Los plazos para estos procedimientos se corren para interponer recursos de acuerdo con la legislación tributaria vigente.

Otras instituciones

El Registro de la Propiedad decidió cerrar sus operaciones registrales y administrativas hasta nuevo aviso para “dar cumplimiento al ordenamiento presidencial” de Estado de Calamidad.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aplazó las Asambleas municipales, departamentales y nacionales que por ley los partidos políticos deben de llevar a cabo durante las fechas en las que el Estado de Calamidad fue decretado por el gobierno.

TSE suspende plazos para asambleas de partidos políticos

Los plazos se reanudarán al día siguiente de la culminación del Estado de Calamidad decretado por el gobierno para prevenir el Coronavirus COVID-19.

El Registro Nacional de las Personas (Renap) indicó que únicamente atenderá en ventanilla registro de defunciones e invita a la población a realizar los demás trámites por medio de sus página en internet.

Además el Registro Mercantil también suspendió los plazos para efectuar los trámites programados ante sus ventanillas, en atención al Estado de Calamidad.

 

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