El Organismo Ejecutivo presentó una nueva iniciativa de Ley para garantizar la continuidad de los servicios básicos y permitir el pago diferido de estos.
Esta nueva propuesta del Ejecutivo, es una alternativa al Decreto Legislativo 15-2020, que fue vetado por el Presidente, Alejandro Giammattei.
Dicho Decreto prohibía la suspensión de servicios básicos por la contingencia del coronavirus COVID-19.
El mandatario a través de una publicación de Twitter indicó que devolvió el Decreto 15-2020 porque presentaba inconstitucionalidades.
“No obstante, hemos preparado una iniciativa de ley que pueda ser ejecutable y viable para asegurarle a la población el suministro de agua, energía eléctrica y los servicios de teléfono e internet”.
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#EUCoronavirus El presidente @DrGiammattei señala que devolvió el Decreto 15-2020 porque tenía varias inconstitucionalidades. Vía: @FcoPerez_EU pic.twitter.com/CCwlDbc2fo
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) April 29, 2020
La iniciativa de Ley denominada “Medidas temporales de Protección para la Población de los Efectos Económicos provocados por la Pandemia del COVID-19” tiene cómo propósito garantizar la continuidad del suministro de los servicios esenciales y evitando la suspensión por falta de pago de estos, las cuales deberán ser aplicadas por las entidades estatales o privadas, durante la vigencia del Estado de Calamidad y sus prórrogas, indica.
La iniciativa contempla como servicios secuenciales, el suministro entubado de agua potable a la población, el servicio de distribución de energía eléctrica, el servicio telefónico, tanto móvil como residencial, el servicio de internet tanto fijo como móvil.
#EUCoronavirus El Organismo Ejecutivo presenta iniciativa de ley para garantizar la continuidad de servicios básicos y permitir el pago diferido de estos. Esta propuesta es una alternativa al decreto legislativo 15-2020 que fue vetado por el presidente. Vía: @FcoPerez_EU pic.twitter.com/kbfuC0doxP
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La iniciativa de Ley contempla que los usuarios que no cuenten con los recursos económicos para hacer efectivo el pago de hasta 12 meses, cuyo plazo deberá iniciar en el mes siguiente a la suscripción del convenio en las condiciones que se expresan en la iniciativa.
En el caso de las operadores telefónicas no podrán suspender el servicio telefónico y de internet, pero si podrá reducir a plan de comunicación básico.
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Con información de Francisco Pérez