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Corte de Constitucionalidad (CC).
Corte de Constitucionalidad (CC).

CC emite amparo definitivo por antejuicio contra magistrados del máximo Tribunal

La CC deja sin efecto en definitiva la acción de amparo que la CSJ tramitó contra cuatro magistrados de la máxima Corte.

La Corte de Constitucionalidad (CC) dictó sentencia en la acción de amparo interpuesta contra la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por la resolución que emitió el 26 de junio de 2020, en la cual ordenó remitir al Congreso de la República las diligencias de antejuicio promovidas contra cuatro magistrados de este Tribunal.

De acuerdo con la CC, en ocho días la CSJ debe ser integrada como lo establece la Ley del Organismo Judicial y emitir un nuevo fallo conforme a la doctrina legal que ha sido establecida desde 1995 hasta 2019 y que es de observancia obligatoria.

“Esta Corte advirtió que la decisión de la Corte Suprema de Justicia es nula de pleno derecho, pues fue conformada arbitraria e ilegalmente, al incumplir el procedimiento legal en cuanto al orden de prelación de los Magistrados llamados a integrar, como lo ordenan los artículos 77 y 78 de la Ley del Organismo Judicial”, detalla en el comunicado la máxima Corte.

Contraviene la ley

Agrega que el acto reclamado además contraviene lo normado en los artículos 167 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, concerniente a la prohibición expresa de entablar cualquier forma de persecución contra los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad por las opiniones que estos expresen en las resoluciones que emiten en ejercicio de sus cargos y 43 de la Ley citada, que preceptúa la obligación de todo órgano jurisdiccional de respetar la doctrina legal sentada por este Tribunal.

“El Órgano conformado en forma viciada emitió una decisión contraria a los precedentes legalmente dictados por la Corte Suprema de Justicia, en las resoluciones del  5 de noviembre de 2014, 22 de octubre de 2019, 6 de noviembre de 2019 y 22 de enero de 2020, en las diligencias de antejuicio identificadas como 389-2014, 236-2019, 291-2019 y 336-2019, respectivamente”, asevera.

Presidenta de CSJ se pronuncia sobre fallo de CC que suspendió antejuicio contra magistrados

Concluye con que de “haberse materializado la orden de la CSJ se habría lesionado la institucionalidad y la finalidad de la Corte de Constitucionalidad, más allá de la esfera personal de los actuales magistrados constitucionales, cuya función principal es la defensa del orden constitucional”.

 

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