El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) publicó en el Diario de Centro América el acuerdo ministerial 645-2020, el cual se refiere al protocolo de bioseguridad que debe ser implementado por las empresas y asociaciones de transporte extraurbano.
El acuerdo establece una serie de lineamientos, como uso obligatorio de la mascarilla, distanciamiento físico, uso de alcohol en gel, desinfección de las unidades, termómetro digital, entre otras medidas.
Está prohibida la venta o compra de cualquier producto en el interior la unidad de transporte.
Las medidas antes mencionadas están aplicadas para piloto, ayudantes y pasajeros.
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Dicho protocolo fue fortalecido con el intercambio de información con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred).
De acuerdo con el documento, el protocolo se encuentra en la página de Internet de la Dirección General de Transporte (www.dgt.gob.gt).
Los interesados deben descargar el documento y poner en práctica el protocolo en todas las unidades del transporte extraurbano.
Documentos
Los aspectos que deben tomar en cuenta las empresarios del transporte extraurbano para operar en sus diferentes rutas son los siguientes:
- Carta porteadora
- Tarjeta de operaciones
- Formato de horario
- Póliza de seguro vigente
- Registro de piloto
Las autoridades de la DGT hicieron el llamado a los transportistas a contar con sus documentos en orden y a cumplir con las medidas de bioseguridad implementadas, de lo contrario serán sancionados
Durante los operativos se mantienen coordinaciones con la Policía Municipal de Tránsito (PMT), la Dirección General de Protección y Seguridad Vial (Provial), la Policía Municipal (PM) de las diferentes localidades y con el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC).
Sanciones
En caso de incumplimiento de cualquiera de las medidas se sancionará al piloto que conduzca la unidad de transporte.
La sanción incluye la suspensión en la inscripción en el Registro de Pilotos de la DGT por un período de seis meses, así como la tarjeta de operaciones y licencia de transporte.
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De existir reincidencia se suspenderán los documentos antes mencionados de manera definitiva.