VIDEO. Cerdo cae a la vía pública en El Periférico
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VIDEO. Cerdo cae a la vía pública en El Periférico

La Ley de Tránsito y su Reglamento regula el uso de la vía pública tanto por vehículos de transporte de personas como de carga, así como de peatones.

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Cerdo deambula por la vía pública.
Cerdo-vía-pública-ciudad-Guatemala / FOTO:

El intendente de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de Guatemala, Amílcar Montejo, difundió un video en el cual se ve cómo un cerdo cae de un vehículo y deambula por la vía pública.

La situación se registró el pasado martes 22 de diciembre en el Puente del Incienso, al ingreso de El Periférico, en la zona 7 de la capital.

De acuerdo con la publicación que Montejo hizo por medio de sus cuentas oficiales de Twitter y Tik Tok, habrían sido varios porcinos.

En las imágenes se observa cómo un vehículo de lujo de color corinto arrolla al animal, el cual comienza a arrastrarse en la cinta asfáltica.

El automotor siguió su marcha sin ningún problema, pese a haber embestido al cerdo.

Paso a paso

Según las imágenes:

  • Un vehículo tipo picop se moviliza de la colonia 4 de Febrero hacia el Centro Histórico.
  • Por lo menos uno de los animales que transportaba sube por la malla del corral que fue instalado en el automotor.
  • Varias personas intentaron detener al animal para entregarlo al conductor encargado de transportarlo.

Varios usuarios de las redes sociales opinaron acerca del hecho:

  • "En otros países no está permitido, en zona urbana trasladar puercos vivos".
  • "No puedo creer que vi un pobre cerdito ser atropellado".
  • "Irresponsabilidad completa, pobres animales".
  • "Provocando un caos por no asegurar la carga. Imprudentes".

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Uso de la vía pública

El artículo 1 de la Ley de Tránsito indica que por tránsito se entiende:

"Todas aquellas actividades relacionadas con la regulación, control, ordenamiento y administración de la circulación terrestre y acuática de las personas y vehículos, sus conductores y pasajeros, estacionamiento de vehículos, señalización, semaforización, uso de vías públicas, educación vial y actividades de policía, relacionadas con el tránsito en las vías públicas".

Mientras que en el artículo 3 se señala que deben cumplir con la referida normativa :

Los conductores de vehículos.

  • Peatones.
  • Nadadores.
  • Pasajeros.

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