14 noviembre, 2024 | 4:35 pm

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La Antigua Guatemala

Antigua Guatemala establece el uso obligatorio de la mascarilla

Los vecinos y visitantes nacionales y extranjeros deberán portar el tapabocas en todo momento para reducir el riesgo de contagio de Covid-19.

La municipalidad de Antigua Guatemala, Sacatepéquez, estableció el uso obligatorio de la mascarilla en espacios cerrados y abiertos con el objetivo de reducir el riesgo de contagio de Covid-19.

Por medio del acta 74-2022, publicada este viernes, la comuna dejó en firme la disposición, que es aplicable para todos los vecinos, visitantes nacionales y extranjeros.

Ayer, el ministro de Salud, Francisco Coma, mencionó en una conferencia de prensa que esta localidad era una de las que estaban priorizando la salud de la población al tomar medidas que promueven la prevención.

Ello se oficializó con la referida normativa, en la que se resalta que en general, la población del municipio permanente o transitoria, tendrá que acatar el uso universal y adecuado de la mascarilla en todo espacio o lugar público.

También en establecimientos estatales o públicos, espacios o lugares privados abiertos al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y en cualquier clase de transporte público.

“Esta disposición no es aplicable a los niños menores de dos años y las personas que por su condición médica cuenten con la contraindicación certificada por un profesional de la salud”, resalta el acta.

El anuncio de la municipalidad antigüeña se da un día después de que el Ministerio de Salud anunció que se retomará el uso obligatorio del tapabocas en todo el país, pero tal instrucción se oficializará con la publicación del acuerdo ministerial respectivo que todavía no ha sido emitido.

Incumplimiento de medidas de prevención del Covid-19

En el artículo 2 del acta publicada se detallan las infracciones por actuar contra la prevención o protección de la salud, incluyendo la falta de uso de la mascarilla.

“El incumplimiento del artículo uno de estas disposiciones será sancionado por la autoridad municipal de conformidad con lo establecido en el Código de Salud, decreto número 90-97 del Congreso de la República.

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