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Manuel Conde reformas código penal y financiamiento electoral
Manuel Conde reformas código penal y financiamiento electoral

Diputado Conde busca que avance la propuesta de ley de fortalecimiento para la paz

Esta iniciativa pretende que se extinga la persecución penal y penas contra quienes batallaron en el conflicto armado interno.

El diputado Manuel Conde afirmó que buscará que avance la iniciativa 6099, “Ley de fortalecimiento para la paz”, que propone que se extinga la persecución penal y la pena en contra de militares y guerrilleros que batallaron en el conflicto armado interno.

Por medio de redes sociales, el legislador señaló que pedirá que la propuesta sea incluida en el orden del día para ser conocida y enviada a la Comisión de Derechos Humanos, con el fin de que sea dictaminada y avance en su proceso de aprobación.

Según manifestó, podrían aplicársele algunas modificaciones para evitar imprecisiones, esto sería antes de que se inicie con las tres lecturas ante el pleno.

“Dios mediante lograremos aprobarla. RECONCILIACIÓN”, resaltó.

Acerca de la iniciativa de ley

La iniciativa 6099 fue presentada el pasado 11 de julio por un grupo de diputados, incluido Conde, quien integra el bloque del Partido de Avanzada Nacional (PAN).

Entre los ponentes también se encuentran: Javier Hernández, José Quezada, Boris España, Julio Longo, Juan Mérida, José Sánchez, Carlos Rojas y José Zamora.

En su artículo 1, la propuesta detalla que “se decreta la extinción de la responsabilidad penal y la extinción de la pena, por amnistía, absoluta e incluyente a favor de todas las personas que hayan incurrido por acción u omisión, en el ejercicio de sus cargos como miembros del Ejército de Guatemala y demás fuerzas de seguridad del Estado”.

Añade que también se beneficiaría a los integrantes de grupos subversivos que incurrieron en la supuesta comisión de delitos políticos y comunes conexos, sin exclusión alguna de tipos penales, durante el período que duró el enfrentamiento armado interno, comprendido del 13 de noviembre de 1960 hasta su finalización de Acuerdo de Paz Firme y Duradera el 29 de diciembre de 1996.

Para la aplicación de la ley se tomarán en cuenta los siguientes cargos:

  • Delitos políticos: Toda acción u omisión en que se hubiese incurrido en defensa o en contra de la institucionalidad, libertad y soberanía nacional.
  • Delitos comunes: Toda acción u omisión en que se hubiese incurrido como consecuencia de la comisión de delitos políticos, sin exclusión de tipo penal alguno.

Se explica que, para hacer efectiva la aplicación de la extinción de responsabilidad penal y de la pena, en esta ley se observarán ciertos procedimientos, incluido que en los casos cuya condena esté firme, el juez de Ejecución deberá de oficio, y a petición de la parte interesada, decretar la inmediata libertad de la persona y el cese de cualquier medida coercitiva.

* Con información de Francisco Pérez, Emisoras Unidas 89.7

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