El reciente fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Guatemala ha generado un giro significativo en la administración de la Federación Deportiva Nacional de Ciclismo. El Comité Ejecutivo de la Federación ha anunciado públicamente que, tras recibir un amparo provisional el 13 de marzo de 2025, ha sido restituido en sus funciones, dejando sin efecto la designación de una Comisión de Transición impuesta por la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala (CDAG).
El conflicto se originó el 20 de febrero de 2025, cuando la CDAG emitió el Acuerdo 33/2025-CE-CDAG, mediante el cual se nombraba una Comisión de Transición para asumir la gestión de la Federación de Ciclismo. Esta medida generó controversia, pues implicaba la remoción del Comité Ejecutivo interino, cuyos miembros consideraban la decisión como una vulneración de sus derechos.
Comité Ejecutivo de la Federación de Ciclismo de Guatemala es restituido
En respuesta a esta situación, el Comité Ejecutivo de la Federación de Ciclismo presentó una acción legal ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, solicitando la suspensión del acuerdo y la restitución de sus miembros en sus cargos. La Sala Sexta del Tribunal, actuando en su función de Tribunal de Amparo, falló a favor de los directivos interinos y concedió un amparo provisional el 5 de marzo de 2025, el cual fue notificado formalmente el 13 de marzo.
Con la resolución del Tribunal, el Acuerdo 33/2025-CE-CDAG queda suspendido con efecto inmediato. Esto significa que la Comisión de Transición designada por la CDAG carece de base jurídica para ejercer cualquier función dentro de la Federación de Ciclismo. Además, todas las decisiones y acciones tomadas por esta Comisión desde su creación han sido anuladas, incluyendo su toma de posesión.
El Comité Ejecutivo interino ha hecho un llamado a todas las partes involucradas para que no acaten ninguna instrucción o disposición de la Comisión de Transición, ya que su autoridad ha sido revocada por orden judicial. Asimismo, ha instado a los integrantes de dicha Comisión a que entreguen sus cargos y cesen toda actividad en nombre de la Federación.
Obligaciones de la CDAG
La resolución del Tribunal también establece que la CDAG debe acatar el amparo provisional y emitir las disposiciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la sentencia. La Confederación tiene un plazo de cinco días para informar sobre la implementación de lo ordenado por el Tribunal. En caso de incumplimiento, los responsables podrían enfrentar consecuencias legales.
El Comité Ejecutivo de la Federación de Ciclismo ha enfatizado la importancia de que todas las partes respeten la decisión del Tribunal y ha manifestado su compromiso con la transparencia y la legalidad en la administración del ciclismo guatemalteco.