Sociedad civil apela resolución sobre elecciones del CANG
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Sociedad civil apela resolución que limita participación en elecciones del CANG

Se presentó una acción contra la decisión de una sala que excluye a profesionales de ciencias afines de la votación para designar magistrados de la Corte de Constitucionalidad.

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Los representantes de la sociedad civil acudieron este martes, 3 de febrero, a la Corte de Constitucionalidad para apelar decisión que limita participación en elecciones en el CANG., Cortesía
Los representantes de la sociedad civil acudieron este martes, 3 de febrero, a la Corte de Constitucionalidad para apelar decisión que limita participación en elecciones en el CANG. / FOTO: Cortesía

Representantes de la sociedad civil presentaron este martes, 3 de febrero, una apelación contra la resolución de la Sala Sexta de lo Contencioso Administrativo emitida en el marco del proceso de elección de magistrados ante la Corte de Constitucionalidad (CC) que realiza el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).

En el fallo de la referida sala se establece que quedan excluidos los profesionales de las ciencias afines de las votaciones previstas para la presente semana y se detalla que solamente quienes tengan título de "abogados" podrán participar.

En ese sentido, los ciudadanos acudieron ante la CC para apelar esa decisión, pues consideran que la misma vulnera su derecho constitucional a elegir y rompe el principio de igualdad. La acción fue presentada por Ana Silvia Monzón, Ana Lucía Ramazzinni y Sariah Acevedo.

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Acerca del amparo

El amparo provisional al que se hace referencia fue otorgado por la Sala Sexta al abogado Diego Sagastume Vidaurre y le ordena a la junta directiva del CANG que modifique la convocatoria a elecciones para magistrados del alto tribunal constitucional.

De acuerdo con el fallo, en un plazo de seis horas se deberá dejar establecido que en el proceso que se desarrollará esta semana quedan fuera de la votación los profesionales de ciencias afines y solo podrán participar quienes cuentan con título de "abogados".

Los magistrados Irma Sosa, Roberto Morales y Caren Guzmán consideraron que la literal "E" del artículo 269 de la Constitución Política de la República Guatemala, que define la integración de la CC, indica que el magistrado titular y suplente electo por el CANG debe ser designado por la asamblea de Colegio de Abogados.

En ese sentido, los togados consideraron que el referido párrafo delimita exclusivamente a los abogados y la convocatoria debería ser únicamente para los profesionales del derecho agremiados al referido colegio profesional, excluyendo a las profesiones afines.

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