Congreso remite a la CC el veto presidencial sobre la Ley para Prevenir el Abuso Sexual Infantil
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Congreso remite a la CC el veto presidencial sobre la Ley para Prevenir el Abuso Sexual Infantil

El Congreso solicitará a la Corte de Constitucionalidad, para que emita opinión sobre la inconstitucionalidad alegada por el Organismo Ejecutivo.

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La Junta Directiva del Congreso puso a conocimiento del Pleno el veto presidencial al Decreto 10-2026., Foto Omar Solís
La Junta Directiva del Congreso puso a conocimiento del Pleno el veto presidencial al Decreto 10-2026. / FOTO: Foto Omar Solís

Con 102 votos a favor y bajo el número 15-2026, el Congreso de la República ordenó remitir a la Corte de Constitucionalidad (CC)  el veto presidencial al Decreto 10-2026, el cual contiene reformas a la Ley contra la Violencia Sexual Infantil, para su análisis.

La Junta Directiva del Congreso de la República puso a conocimiento del Pleno el veto presidencial al Decreto 10-2026.

Los diputados aprobaron el Acuerdo Legislativo 15-2026, por medio del cual se ordena solicitar a la Corte de Constitucionalidad, para que emita opinión sobre la inconstitucionalidad alegada por el Organismo Ejecutivo en el veto al decreto aprobado el pasado 14 de abril de este año.

La CC deberá responder si las reformas al Código Penal, Decreto número 17-73, y a la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, Decreto 9-2009, aprobadas mediante el Decreto 10-2026, contravienen el texto de la Constitución Política de la República de Guatemala, conforme a las razones de inconstitucionalidad expuestas en el veto.

El diputado Raúl Barrera, anticipó que promoverá la aprobación de la normativa, mencionó que presentarán una nueva iniciativa de ley y esperan que avance en las próximas semanas.

A través de dicha Ley se reforma el Artículo 173 del Código Penal que establecen penas más severas para los delitos sexuales. A través de dicho Decreto 10-2026, se considera delito de violación cualquier acto de acceso carnal o introducción de objetos cuando la víctima sea menor de 18 años (anteriormente la protección era para menores de 14 años), incluso sin mediar violencia física o psicológica, lo que elimina interpretaciones basadas en un supuesto consentimiento. 

Las penas por este delito oscilan entre 10 a 14 años de prisión, el responsable no gozará de ningún beneficio; mientras que, la agresión sexual cuando no constituye violación será castigada con penas de siete y 10 años de presión inconmutable.

Anteriormente se limitaba a menores de 14 años. Con la reforma, el Estado reconoce la vulnerabilidad de todos los menores de edad y fortalece el marco jurídico para perseguir estos delitos.

Impulsan ley para liquidar la SAAS y reorganizar la seguridad presidencial

El diputado José Chic presentó una iniciativa de ley que busca suprimir y liquidar la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia (SAAS), la Guardia Presidencial y la Guardia del Palacio Nacional.

Con información de Omar Solís y Dayana Rashon, Emisoras Unidas, 89.7*

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