En Guatemala, la identidad no es exclusiva de los nacionales. Los extranjeros que obtienen residencia permanente en el país también pueden tramitar un Documento Personal de Identificación (DPI), con el que quedan oficialmente registrados como personas domiciliadas y habilitadas para ejercer derechos y cumplir obligaciones dentro del territorio.
De acuerdo con lo establecido por el Registro Nacional de las Personas (Renap), este proceso no es automático. Según la literal b) del artículo 55 de la Ley del Renap, el trámite únicamente procede cuando el Instituto Guatemalteco de Migración envía la notificación oficial que confirma la residencia permanente del solicitante.
Una vez recibido ese informe, la persona debe completar su inscripción en el Registro Civil de las Personas, paso indispensable para continuar con la emisión del documento.
El DPI rojo, el distintivo de los extranjeros domiciliados
Cumplido el procedimiento, el Renap extiende el conocido DPI de color rojo, que identifica a los extranjeros domiciliados en Guatemala. Este documento cumple la misma función de identificación que el DPI de los ciudadanos guatemaltecos, pero con un distintivo visual específico.
Además, a los titulares se les asigna un Código Único de Identificación (CUI), el cual es permanente e invariable durante toda la vida de la persona, lo que garantiza un registro único y certeza jurídica ante el Estado.
Cuánto cuesta y cómo se tramita
El costo del DPI rojo es de Q100, monto que debe cancelarse previamente en una agencia bancaria autorizada. Posteriormente, el solicitante puede presentarse en cualquier oficina del Renap a nivel nacional para completar el trámite.
Con este procedimiento, la institución busca garantizar documentos seguros, estandarizados e inalterables, tanto para ciudadanos guatemaltecos como para extranjeros que han decidido establecer su residencia en el país.
Con información de renap.gob.gt




