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ministros de Salud, Amelia Flores, y de Cultura, Felipe Aguilar

Fijan fechas para interpelar a los ministros de Salud y Cultura

Distintos parlamentarios han presentado solicitudes para que los funcionarios expongan ante el pleno los detalles de su gestión.

El Congreso de la República informó este lunes que ya se fijaron las fechas para las interpelaciones de los ministros de Salud, Amelia Flores, y de Cultura, Felipe Aguilar.

Las solicitudes para que los funcionarios respondan en un juicio político a los cuestionamientos sobre su gestión han sido planteadas por distintos diputados.

En cuanto a Flores, los temas que se pretende aclarar van enfocados principalmente en la atención de la pandemia del Covid-19.

En tanto, a Aguilar se le requeriría información sobre la conmemoración del Bicentenario y el manejo de bienes arqueológicos.

Fechas asignadas

De acuerdo con la información del Legislativo, los juicios políticos contra los funcionarios arrancarían en las siguientes fechas:

Martes 28 de septiembre

  • 14:00 horas – interpelación a la ministra de Salud solicitada por el diputado Aníbal Samayoa, de la bancada Humanista.
  • 16:00 horas – interpelación al ministro de Cultura, requerida por el diputado Aldo Dávila.

Jueves 30 de septiembre

  • 10:00 horas – juicio político a la ministra de Salud, en respuesta a petición del diputado Aldo Dávila.
  • 12:00 horas – interpelación al ministro de Cultura planteada por Cesar Fión, del bloque UNE.

Normativa para interpelar a funcionarios

La Ley Orgánica del Organismo Legislativo señala que los diputados tienen el derecho de interpelar a los ministros de Estado o a los viceministros en funciones de ministro.

También detalla que los funcionarios tienen la obligación ineludible de presentarse al Congreso a fin de responder las interpelaciones que se les formulen.

“Las interpelaciones podrán hacerse por uno o más diputados y es obligación personal de los ministros responder a ellas, pues no puede delegarse en viceministros ni en ningún otro funcionario”, destaca la normativa.

De igual forma, expone que no hay algún asunto del ámbito de un ministerio que no puedan los parlamentarios investigar mediante este proceso.

Y que ni el pleno del Congreso, ni autoridad alguna puede limitar a los diputados el derecho de interpelar ni tampoco calificar las preguntas o restringirlas.

* Con información de Francisco Pérez, Emisoras Unidas 89.7

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