Salud reforma acuerdo de alertas sanitarias para la nueva normalidad
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Uso de mascarilla no será obligatorio en municipios con alerta naranja y amarilla

Parte de las disposiciones señalan que se recomienda el uso del tapabocas y el distanciamiento social en áreas con las referidas clasificaciones, mientras que en alerta roja sí es obligatorio en espacios cerrados y abiertos.

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pandemia covid-19 coronavirus guatemala vacunacion vacunas Ministerio de Salud y Asistencia Social guatemaltecos (4),
pandemia covid-19 coronavirus guatemala vacunacion vacunas Ministerio de Salud y Asistencia Social guatemaltecos (4) / FOTO:

El Ministerio de Salud publicó un nuevo acuerdo donde reforma el que fue emitido ayer y que contenía el sistema de alertas y disposiciones sanitarias para la apertura a la nueva normalidad.

Se indicó que, a partir de la entrada en vigencia del acuerdo ministerial número 158-2022 de fecha 11 de mayo de 2022, se hizo necesario incorporar a los efectos de la apertura a la nueva normalidad a otros sectores, por lo que se emitió el nuevo acuerdo.

En este se detalla que los parámetros para determinar el nivel de riesgo en cada municipio serán los siguientes:

  • Incidencia de casos confirmados de Covid-19 por cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días.
  • Porcentaje acumulado de vacunación con esquema de dos dosis en mayores de 12 años.
  • Porcentaje de pruebas SARS-CoV-2 positivas en las dos últimas semanas.
  • Promedio de número de pruebas por 1 mil habitantes por día.

Cada uno de estos indicadores tendrán un valor numérico que permitirán clasificar a los municipios con un color de alerta, de acuerdo con el puntaje recibido, de la siguiente manera:

  • Rojo > 10.5 puntos.
  • Naranja >7 - <10.5 puntos. Amarillo >3.5 - < 7 puntos.
  • Verde 3.5 puntos.

Salud recomienda uso de mascarilla y distanciamiento

En el acuerdo publicado ayer se establecía que era obligatorio el uso de mascarilla en espacios abiertos y cerrados en municipios con alerta roja y para los cerrados en anaranjada y amarilla.

También el tema del distanciamiento físico se instruía de distinta manera, según el área y la alerta. Sin embargo, al ser reformada esta parte de la normativa, quedó de la siguiente manera:

  • Distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre personas, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.

- Se recomienda mantener el referido distanciamiento en alerta color naranja en espacios cerrados.

- La referida obligación se exceptúa en alertas color amarillo y verde.

  • Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca, en alerta color rojo, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.

- Se recomienda el uso de la mascarilla o tapaboca en alerta color naranja y amarillo en espacios cerrados.

- De la referida obligación se exceptúan los menores de dos años, las personas que por su condición médica tengan una contraindicación y los municipios en alerta color verde.

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