La Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró a un nuevo pesquisidor para que conozca el expediente de antejuicio contra el juez de Mayor Riesgo B, Miguel Ángel Gálvez, luego de que la vocal II de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, magistrada Zonia de La Paz Santizo Corleto, se excusó.
La togada argumentó que tiene cierta cercanía con el juzgador. Dijo que lo conoce desde hace más de 20 años y que existe una relación tanto de amistad como académica entre ellos, por lo que prefería separarse del proceso.
Por medio de un comunicado emitido este miércoles, la CSJ informó que el pleno conoció la excusa planteada y la aceptó por unanimidad.
“Nombrando al Vocal I de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal”, señala el documento.
El funcionario judicial en mención es Roaldo Isaías Chávez, quien también tuvo a su cargo la solicitud de retiro de inmunidad de la exjueza de Mayor Riesgo D, Ericka Aifán.
El antejuicio contra Gálvez surgió de una denuncia interpuesta por la Fundación contra el Terrorismo Guatemala. La referida corte le dio trámite y esto ha generado una serie de pronunciamientos de rechazo de parte de entes nacionales e internacionales que consideran que se trata de una amenaza contra la independencia judicial.
#EUNacionales El juez Miguel Ángel Gálvez asegura que se siente solo; indica que es por la falta de respaldo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). https://t.co/1HXlUJXnp8
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) July 3, 2022
Gálvez presenta amparo
El juez Gálvez presentó en la Corte de Constitucionalidad un recurso de amparo contra la CSJ por no compartir los criterios utilizados al haberle dado trámite a un antejuicio en su contra.
El togado señaló que en 23 años no se había presentado a ese lugar, pero se vio en la necesidad de acudir para ejercer su derecho de defensa como ciudadano, abogado y juez.
También indicó que siempre ha pensado que no solo en estas resoluciones, sino que en todos los fallos, solicitudes y memoriales, se tienen que revisar no solo los requisitos de forma, sino los de fondo.
Al cumplir los de forma se tienen que analizar los de fondo y, como mínimo, se tiene que exigir para darle trámite a un procedimiento de amparo los temas de razonabilidad que hagan pensar fundadamente en si al interponente le asiste en derecho, puntualizó.