El proceso judicial contra Gerardo Aguirre, presidente del Comité Olímpico Guatemalteco (COG), ha sumado un nuevo revés para el dirigente deportivo y su equipo. La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró sin lugar una apelación presentada por Aguirre contra la resolución del juez Fredy Orellana, confirmando así el embargo de cuentas y la prohibición de salir del país.
El caso contra Aguirre y otros miembros de su comité ejecutivo se originó el 5 de julio de 2024, cuando el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal de Guatemala dictó una orden de arraigo en su contra. La medida se debe a su presunta implicación en un proceso penal por el delito de falsedad material.
El proceso que ha enfrentado Gerardo Aguirre y su Comité Ejecutivo
Desde el inicio del proceso, Aguirre y su equipo legal habían buscado revertir estas restricciones, argumentando la necesidad de viajar a los Juegos Olímpicos de París 2024 para cumplir con sus responsabilidades institucionales. Sin embargo, las autoridades judiciales han mantenido una postura firme ante las acusaciones en su contra.
El 22 de julio de 2024, el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Penal, presidido por el juez Fredy Orellana, rechazó la solicitud presentada por Aguirre y varios miembros del COG para salir del país con destino a París. La audiencia, originalmente programada para el 15 de julio, fue aplazada debido a la ausencia de un querellante, pero al final se resolvió en contra de los dirigentes deportivos.
El 18 de febrero de 2025, la Corte de Constitucionalidad dictó su resolución final sobre la apelación de Aguirre. La CC decidió declarar sin lugar la impugnación presentada, lo que implica la ratificación de las medidas decretadas por el juez Orellana. En consecuencia, el presidente del COG seguirá bajo embargo de cuentas y con prohibición de salida del país, lo que representa un golpe significativo para su defensa.
Con esta resolución, las posibilidades de que Aguirre recupere su libertad de movimiento y acceso a recursos financieros quedan prácticamente cerradas dentro del marco legal vigente.
*Información proporcionada por Ángel Oliva - Emisoras Unidas*