La Corte de Constitucionalidad (CC), por mayoría, resolvió este jueves 2 de octubre no otorgar el amparo provisional al abogado Edgar Ortiz, con el que se buscaba dejar sin efecto los nombramientos de magistrados en las nuevas Salas de Apelaciones y que fuera el Congreso de la República el encargado de elegir a los togados.
Un grupo de abogados guatemaltecos presentó el pasado 1 de septiembre un amparo ante el máximo tribunal del país por el nombramiento unilateral de jueces de salas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sin el aval del Legislativo.
El grupo de juristas que presentó el recurso legal está encabezado por Ortiz, experto en derecho constitucional, quien ene se momento explicó a periodistas que lo que se pretende con esta acción es el respeto a la ley.
Le puede interesar:
Argumentos de la acción
De acuerdo con la legislación guatemalteca, la CSJ está facultada para crear nuevas Salas de Apelaciones, pero la integración de las mismas es potestad del Congreso.
"Pedimos que se proteja la Constitución", afirmó Ortiz, quien recordó que "le corresponde al Congreso nombrar" a los jueces respectivos.
De igual manera, el abogado señaló que existe una invasión a las funciones constitucionales del Organismo Legislativo tras los nombramientos por parte de la Corte Suprema de Justicia.
"Ahí entra en juego la Ley de la Carrera Judicial, en su artículo 6, párrafo B, y el artículo 23, que dice claramente que cuando exista una vacante en la Corte de Apelaciones, el Consejo de la Carrera Judicial debe informarle al Congreso, para que sea este el que designe a los magistrados", reiteró Ortiz.
La aprobación de las 18 nuevas Salas de Apelaciones fue oficializada en septiembre de 2025 por la Corte Suprema de Justicia, quien designó a sus respectivos jueces (tres magistrados titulares y dos suplentes), lo que implica la elección de 20 magistrados sin el aval del Congreso.
* Con información de Ángel Oliva, Emisoras Unidas 89.7



