El Congreso de la República aprobó el acuerdo legislativo 6-2025, en el que diputados desconocieron el veto presidencial al Decreto 7-2025, Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, argumentando que la decisión se dio fuera del tiempo. En tanto, el Gobierno adelantó que planteará acciones legales.
El Ejecutivo publicó esta semana en el diario oficial la decisión con respecto a que no se estaría avalando esta normativa debido a que el análisis realizado de su contenido permitió establecer "vicios" de inconstitucionalidad. Sin embargo, los legisladores consideraron que el anuncio del veto se dio fuera del tiempo.
El tema fue analizado este miércoles 8 de octubre en el programa A Primera Hora, de Emisoras Unidas, donde se conversó con los diputados Elmer Palencia, de la bancada Valor; y Raúl Barrera, electo por Semilla.
Ejecutivo actuó fuera del plazo
A criterio de Palencia, existió un "gravísimo error" por parte del equipo jurídico del presidente de la república, Bernardo Arévalo, al momento de hacer valer un control constitucional, que aseguró es su derecho como mandatario y se refiere a sancionar o vetar un decreto emitido por el Congreso.
"La verdad es que, otra vez, el equipo del presidente le queda mal. Yo lo he dicho en algunos espacios y citaciones que hemos tenido, que lamentablemente para el presidente quien lo hace ver mal es su propio equipo", expresó.
Por aparte, indicó que el artículo 178 constitucional dice que, previo a que el presidente remita el veto al Congreso tiene que existir un acuerdo gubernativo celebrado en Consejo de Ministros y que, para que este tenga validez, debe estar vigente. Pero, añadió que, gracias al equipo de Arévalo, se hizo en un tiempo equivocado, ya que el acuerdo entra en vigencia mañana, cuando ya es fuera del plazo que establece la propia Constitución para ejercer ese derecho.
"Por lo tanto, de manera tácita, el presidente, al no ejercer su derecho de sanción o de veto, este decreto queda sancionado. Por lo tanto, no deberíamos de entrar a conocer nosotros un veto que no existe. (...) El lunes se venció el plazo, era último día para poder ejercer el derecho de veto. Efectivamente, el presidente publica el acuerdo gubernativo con el que cumple el artículo 178, lamentablemente no le colocaron vigencia, entonces, se entiende, según el decreto 1816, que entra en vigencia tres diás posterior a su publicación, lo cual es el jueves, por lo tanto, extemporáneo", enfatizó el entrevistado.
Mencionó que es bueno que se vayan a presentar recursos ante la Corte de Constitucionalidad para que se vea si, efectivamente, se analice lo relacionado con la sanción tácita y los argumentos que Arévalo consideraba inconstitucionaldiades.
Veto se dio en tiempo
Por su parte, Barrera indicó que Arévalo ejerció en tiempo el derecho que le asiste en virtud del artículo 178 de la Constitución Política de la República. Aseguró que en esta carta magna no se exige que el acuerdo gubernativo por el que se remite un veto al Congreso sea publicado, ni siquiera exige que esté vigente, solo que se suscriba y lo remita al Legislativo, lo que ya se hizo desde el viernes pasado.
"Lo que ha sucedido en el Congreso es un acto arbitrario de desconocimiento de una facultad presidencial consagrada en la Constitución. Y esto, más que un acto irresponsable, ya coquetea con el voltismo. Es de verdad lamentable que, a través de la buena fe, se intente sorprender a la población haciéndole creer que existía la obligación primero de publicar este acuerdo gubernativo, cosa que, de hecho, se hizo; y después, que en teoría tendría que existir un artículo de supuesta vigencia para que este tuviera valor constitucional, cosa que no es así", enfatizó.
Asimismo, el parlamentario oficialista que el acuerdo legislativo que arbitrariamente se suscribió ayer, además de ser un acto de mala fe, es abiertamente inconstitucional, razón por la cual se está por presentar las acciones que permitan restablecer el orden constitucional, a su criterio roto.
En opinión del entrevistado, como no existían los votos suficientes para hacer prevalecer la primacía legislativa y para que el Congreso rechazara el veto, apareció el subterfugio parlamentario con el propósito de eludir una obligación constitucional, que era la de remitir el asunto a la Corte de Constitucionalidad por las razones que el propio presidente expresó en el veto.



