Con 124 votos a favor fue aprobado el Decreto 13-2026, Reformas al Decreto 10-2012 del Congreso de la República, Ley de Actualización Tributaria, en el que se se establece que las personas que ganan el salario mínimo no sean objeto de retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR), considerando que dichos ingresos son destinados principalmente al consumo de la canasta y sus servicios básicos.
Con esta Ley se establece una exención específica y automática para el salario mínimo legal, garantizando que el beneficio del aumento llegue íntegro al bolsillo de los guatemaltecos, así como proteger el ingreso de quienes dependen exclusivamente de su salario para su subsistencia, además, elimina cargas administrativas innecesarias para los patronos en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
Para las rentas del trabajo en relación de dependencia obtenidas en el periodo de liquidación del ISR comprendido del uno de enero al 31 de diciembre del 2026, se establece una deducción extraordinaria de Q3 mil 24, sin necesidad de comprobación alguna. La deducción adicional se aplicará a la proyección de renta anual del trabajador a cargo del patrono.
"Con esta normativa se restablece la equidad y coherencia del sistema tributario aplicable a los trabajadores en relación de dependencia frente a los efectos no previstos, derivados del reciente incremento al salario mínimo autorizado por el Organismo Ejecutivo.", indicó el Congreso.
Además, el monto de deducción se actualizará el uno de enero de cada año, cuando el Ejecutivo modifique el salario mínimo.



