El Ministerio Público (MP) anunció que las Fiscalías de Distrito, Fiscalías Municipales y Agencias Fiscales en Municipios iniciarán un turno de 72 horas continuas para investigar “cualquier delito electoral que se cometa” durante el proceso de votaciones de la segunda vuelta electoral.
Según el comunicado divulgado por el MP, las vigilancia del proceso iniciará 24 horas antes de que inicien las votaciones y terminará 24 horas después de la elección.
.@MPguatemala da a conocer acciones para la segunda vuelta electoral como parte de un plan operativo. Una mesa de alto nivel de seguridad y turnos de 72 horas en todas las fiscalías, son algunas de ellas.
Vía @LesterRamirezEU#EUElecciones2019 #EleccionesGT2019 pic.twitter.com/WLtp8NVbHZ
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) August 7, 2019
El MP estará presente en los Centros de Votación a nivel nacional para “garantizar una actuación inmediata ante cualquier hecho delictivo que pueda cometerse en el momento de la elección o el escrutinio de los votos”.
Todas las acciones del MP durante el proceso de votaciones del domingo 11 de agosto estarán centralizadas en la Mesa de alto nivel de seguridad instalada por el Tribunal Supremo Electoral en donde hay representantes de la fiscalía.
Velar por el proceso electoral
Por medio del mismo comunicado, la Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, Consuelo Porras, solicitó a las fuerzas de seguridad y a las autoridades electorales “velar por que la fiesta cívica del domingo 11 de agosto se realice en el estricto cumplimiento a las leyes del país”.
De acuerdo con el Ministerio Público (MP) durante la primera vuelta de las Elecciones Generales 2019, atendieron un mil 92 denuncias, de las cuales 227 corresponden a delitos electoralesy el resto a otros delitos.
https://emisorasunidas.com2019/03/19/delitos-electorales-emisoras-unidas/
Los delitos electorales
Coacción contra la libertad política
Quien por medio de violencias o amenazas impida o coarte el ejercicio de cualquier derecho político, será sancionado con prisión de 6 meses a 3 años. La pena aumenta si se trata de un funcionario del Estado o del Tribunal Supremo Electoral.
Falsedad material con agravación electoral
Quien diseñe un documento público falso o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será encarcelado de 2 a 6 años.
Uso de documentos falsicados
Quien sin haber intervenido en la falsificación haga uso de un documento falsificado durante el proceso electoral, recibirá una pena de cárcel 2 a 6 años.
https://emisorasunidas.com2019/06/16/mp-denuncias-elecciones/
Turbación del acto eleccionario
El que con violencia, intimidación o amenazas turbe gravemente o impida la votación o el escrutinio de una elección nacional o municipal, será sancionado con prisión de 2 a 8 años.
Coacción contra las elecciones
El que mediante violencia, intimidación o amenazas le impida votar a un guatemalteco o lo obligue a hacerlo de una manera determinada. Será sancionado de uno a 5 años de prisión.
Coacción del elector
El que pague o entregue dinero o bienes muebles a un ciudadano para que se abstenga o consigne su voto a favor de determinado candidato u organización política, 36 horas antes y durante la elección, será sancionado con prisión de 2 a 8 años.
Fraude del votante
Se impondrá prisión de uno a 5 años al que suplante a otro votante, o vote más de una vez en la misma elección o emita su sufragio sin tener derecho a hacerlo.
https://emisorasunidas.com2019/06/26/mp-se-basa-en-los-comentarios-de-redes-sociales-para-investigar-al-tse/
Violación del secreto del voto
El que por cualquier medio intente descubrir la forma en que un elector ha votado, será sancionado con prisión de uno a 5 años.
Abuso de autoridad con propósito electoral
El funcionario o empleado público que utilice su autoridad o ejerza su influencia para beneficiar o perjudicar electoralmente a una organización política. Será sancionado con prisión de uno a 3 años e inhabilitación para el ejercicio del empleo o cargo público que desempeñe.
Abuso con propósito electoral
El particular que destruya, obstaculice e impida directa o indirectamente el libre ejercicio de la propaganda política, será sancionado con prisión de uno a 3 años.
Propaganda oficial ilegal
El funcionario, empleado público o contratista del Estado que con fines electorales y durante el proceso electoral haga propaganda respecto de las obras y actividades realizadas en cumplimiento de sus funciones y obligaciones, será sancionado con prisión de uno a 5 años.
Financiamiento Electoral
La persona individual o jurídica que aporte a una organización política más del diez por ciento (10%) del límite máximo de gastos de campaña, será sancionado con prisión de uno a 5 años.
Financiamiento electoral no registrado
Quien consienta o reciba aportaciones, con motivo de actividades permanentes o de campaña electoral y no las reporte a la organización política para su registro contable, será sancionado con prisión de uno a 5 años y multa de Q20 a Q100 mil.
*Con información de Lester Ramírez